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El Congreso de los Diputados aprueba el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa

15 de July de 2024

El Congreso de los Diputados aprueba el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa

por Claudia Dorado Ramírez

El pasado 11 de julio el Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa que recoge la mayoría de las reformas formuladas por la Abogacía con 178 votos a favor y 170 abstenciones, ahora seguirá su proceso de tramitación en el Senado.

Este proyecto de Ley, una de las principales reivindicaciones de la Abogacía desde hace años, «tiene por objeto regular el derecho de defensa, reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española como derecho fundamental indisponible».

Contenido del proyecto de Ley

Señala que los ciudadanos tienen derecho a ser informados «de los costos generales del proceso y el procedimiento para la fijación de los honorarios profesionales» e igualmente de «las consecuencias de una eventual condena en costas». A cuyo efecto los Colegios de la Abogacía podrán «elaborar y publicar criterios orientativos, objetivos y transparentes que permitan cuantificar y calcular el importe razonable de los honorarios».

Asimismo, marca que las comunicaciones mantenidas entre los defensores de las partes con ocasión de un litigio, incluso en fase extrajudicial, son confidenciales y «no tendrán valor probatorio». En procedimientos penales y sancionadores reconoce «el derecho a guardar silencio como parte de la presunción de inocencia».

En cuanto a los profesionales de la abogacía, la norma recoge, que deben recibir una «formación legal, continua y especializada». Además, añade que el Consejo General de la Abogacía realizará procedimientos de capacitación y acreditación para dar un acceso a una especialización profesional.

En esta línea marcan que los Colegios de Abogacía «deberán amparar al profesional que se considere perturbado o presionando en el ejercicio de sus funciones y denunciar todas aquellas medidas normativas o actuaciones públicas o privadas que menoscaben el derecho de defensa»

También hace referencia al «derecho a la conciliación y al disfrute de los permisos de maternidad y paternidad». Señala que los profesionales de la abogacía «tendrán derecho a solicitar la suspensión del procedimiento judicial o el nuevo señalamiento en casos de fuerza mayor u otro motivo de análoga entidad» como, por ejemplo: nacimiento, adopción, cuidado de menor, hospitalización de cónyuge o familiar, fallecimiento de pariente hasta segundo grado, baja médica profesional u hospitalización.

 

Este proyecto de Ley fortalece el principio constitucional de la tutela judicial efectiva, que pertenece a la ciudadanía y consolida a los profesionales de la abogacía como elementos esenciales en el funcionamiento del sistema de justicia.

Producto del conjunto de 15 enmiendas que presento el Consejo de la Abogacía para mejorar esta norma, fruto del debate durante el XIII Congreso Nacional de la Abogacía celebrado en mayo 2023 en Tarragona.

Durante el debate en la Cámara Baja estuvieron presentes, la presidente en funciones del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega; el presidente electo del CGAE, Salvador González ; y consejeros del CGAE, como Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de la Abogacía (ICA) de Madrid; Jesús Sánchez, decano del ICA Barcelona; Javier Martín, decano del ICA Valladolid; Lourdes Carballo, decana del Colegio de Vigo; Albino Escribano, decano del ICA Albacete; Encarna Orduna, exdecana de Reus; Cristina Llop y miembros de la Comisión del Derecho a la Defensa.

«La ley sale mejor de lo que entró», ha reconocido durante su intervención para la defensa de la iniciativa el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que ha afirmado que se trata de una ley «útil, pionera en Europa y que garantiza un derecho fundamental».