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Avances en la interpretación de la “pertinencia previsible” en el intercambio de información tras los pronunciamientos del TJUE y la DAC 7

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Desconocido
Artículo desde: Nueva Fiscalidad / Número 32021
Suscríbete a la revista completa Cantidad total de números publicados 120 Números
Editorial:  Dykinson
/
Edición:  1ª ed.
/
Idioma:  Español/Castellano
Edición país:
España
Nº páginas:
147-172
Palabras clave:
Intercambio de información previa solicitud; Directiva (UE) 2021/514; DAC 7; Directiva 2011/16/UE; pertinencia previsible
Palabras clave (inglés):
Exchange of information on request; Directive (EU) 2021/514; DAC 7; Directive 2011/16/EU; foreseeably relevant
Disponible
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La reciente modificación de la Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, llevada a cabo por la conocida como “DAC 7”, ha introducido algunas cuestiones de interés en materia de intercambio de información previa solicitud. En concreto se define por primera vez el concepto de información “previsiblemente pertinente” en un nuevo artículo 5 bis y se regula las solicitudes referidas a grupos de contribuyentes no identificados, a la luz de los Comentarios al artículo 26 del Modelo de Convenio de la OCDE y de reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sin duda un avance en materia de intercambio de información previa petición que será analizado en el presente artículo.


The recent amendment of the Council Directive 2011/16/EU of 15 February 2011 by the socalled DAC 7, has introduced some issues of interest in the field of exchange of information on request. In particular, a new article 5 a) defines for the first time the concept of “foreseeably relevant” information and regulates requests concerning unidentified groups of taxpayers, in the light of article 26 OECD Model Tax Convention on Income and on Capital and its Commentary and recent case law of the Court of Justice of the European Union. This is undoubtedly a step forward in the field of information exchange on request, which will be analyzed in this article.

1. Introducción.- 2. Antecedentes del concepto de pertinencia previsible regulado en la DAC 7: la Directiva 2011/16/UE, los Comentarios al artículo 26 del Modelo de Convenio de la OCDE y los pronunciamientos del TJUE: 2.1. La Directiva 2011/16/UE y la ausencia de una definición del concepto de pertinencia previsible. 2.2. El concepto de pertinencia previsible en los Comentarios al artículo 26 del Modelo de Convenio de la OCDE. 2.3. La jurisprudencia del TJUE sobre la pertinencia previsible: Asunto C-682/15, Berlioz y Asuntos acumulados C-245/19 y C-246/19, État luxembourgeois.- 3. Avances en materia de intercambio de información previa solicitud. La DAC 7 y el Asunto C-437/19 relacionado con la solicitud de información de un grupo no identificado individualmente.- 4. Conclusiones.- 5. Bibliografía.

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Cita 'Chicago'

Desconocido. “Avances en la interpretación de la “pertinencia previsible” en el intercambio de información tras los pronunciamientos del TJUE y la DAC 7.” Revista Nueva Fiscalidad. 3. 2021. Nueva Fiscalidad, no. 32021 (2021).

Cita 'APA'

Desconocido (2021). Avances en la interpretación de la “pertinencia previsible” en el intercambio de información tras los pronunciamientos del TJUE y la DAC 7. Revista Nueva Fiscalidad. 3. 2021. Nueva Fiscalidad, 32021. Dykinson.

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