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El reconocimiento del derecho al debido proceso en el Derecho internacional y su relación con Estados Unidos: el caso Guantánamo

AutorMención
Quispe Remón, FlorabelAutoría
Artículo desde: Revista Derechos y Libertades / Número 23
Suscríbete a la revista completa Cantidad total de números publicados 41 Números
Editorial:  Dykinson
/
Idioma:  Español/Castellano
Edición país:
España
Nº páginas:
245-278
Disponible
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El debido proceso es un derecho fundamental que por vez primera fue recogido en la Constitución de Estados Unidos en 1791, en cuyo desarrollo jugó un papel importante el Tribunal Supremo. Posteriormente, con la humanización del derecho internacional, los diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, de los que Estados Unidos es parte, le reconocen un lugar especial. Paradójicamente, asistimos a un escenario en el que invocando la seguridad y la “lucha contra el terror”, EEUU desconoce en Guantánamo varios de los elementos que configuran un debido proceso, entre otros derechos humanos. La fecha de cierre anunciada inicialmente por Obama, no se cumplió, por las dificultades que implica resolver la situación jurídica de los presos.


The U.S. Constitution of 1791 introduced the fundamental right of due process, and subsequent Supreme Court actions played a significant role in its development. The humanization of international law, the creation of international instruments for the protection of human rights, and the advent of International Humanitarian Law subscribed to by the United States, collectively contributed to the recognition of the right of due process. Paradoxically and despite its pioneering efforts, the United States has flagrantly and consistently violated this and many other human rights in Guantanamo, in defence of national security and the “war against terror”. It now appears that Guantanamo will not be closed by the date set by Obama due to difficulties encountered in resolving the prisoners’ legal situation.

I. INTRODUCCIÓN II. EL RECONOCIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL Y EN EL DERECHO INTERNO DE ESTADOS UNIDOS III. TRAS EL 11S: ESTADOS UNIDOS Y LA ADOPCIÓN DE LEYES INTERNAS – INCOMPATIBILIDAD CON SU DERECHO INTERNO Y CON EL DERECHO INTERNACIONAL IV. EL ANUNCIO DEL FIN DE LA ILEGALIDAD: EL CIERRE DE GUANTÁNAMO: SUS DIFICULTADES V. REFLEXIÓN FINAL

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Cita 'Chicago'

Quispe Remón, Florabel. “El reconocimiento del derecho al debido proceso en el Derecho internacional y su relación con Estados Unidos: el caso Guantánamo.” Revista Derechos y Libertades. Revista Derechos y Libertades, no. 23 (2010).

Cita 'APA'

Quispe Remón, Florabel (2010). El reconocimiento del derecho al debido proceso en el Derecho internacional y su relación con Estados Unidos: el caso Guantánamo. Revista Derechos y Libertades. Revista Derechos y Libertades, 23. Dykinson.

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