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Residencia habitual e importancia de la valoración de la prueba realizada por la Junta Arbitral del Convenio Económico

Artículo desde: Nueva Fiscalidad / Número 12020
Suscríbete a la revista completa Cantidad total de números publicados 120 Números
Editorial:  Dykinson
/
Edición:  1ª ed.
/
Idioma:  Español/Castellano
Edición país:
España
Nº páginas:
267-274
Palabras clave:
Residencia habitual, cambio de domicilio fiscal, IRPF, Convenio Económico, prueba
Palabras clave (inglés):
Individual Income Tax, Fiscal Agreement between the Central Government and the Navarra Authorities, fiscal residency, evidence, change fiscal domicile
Disponible
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El Tribunal Supremo respalda el criterio de la Junta Arbitral del Convenio Económico, que consideró que la Administración del Estado no había acreditado el cambio de domicilio fiscal de una persona física a territorio común. No cabe estimar el recurso cuando no ha existido infracción normativa, vulneración de las reglas de valoración de la prueba ni han sido aportados nuevos medios de prueba.


The Supreme Court endorses the decision issued by the Arbitration Board of the Economic Agreement between the Central Government and the Navarra fiscal authorities. According to this administrative body, the Central Government failed to prove the individual’s change of the fiscal domicile to the territory governed by Central tax authorities. The appeal cannot be estimated as there has been no regulation infringement, neither violation of the rules of evidence nor newly discovered evidences.

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Cita 'Chicago'

Vázquez del Rey Villanueva, Antonio. “Residencia habitual e importancia de la valoración de la prueba realizada por la Junta Arbitral del Convenio Económico.” Nueva Fiscalidad. Nueva Fiscalidad, no. 12020 (2020).

Cita 'APA'

Vázquez del Rey Villanueva, Antonio (2020). Residencia habitual e importancia de la valoración de la prueba realizada por la Junta Arbitral del Convenio Económico. Nueva Fiscalidad. Nueva Fiscalidad, 12020. Dykinson.

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