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Notas sobre la imputación objetiva en el Derecho Penal

AutorMención
Pérez Alonso, Esteban J.Autoría
Artículo desde: Cuadernos de Política Criminal / Número 93
Suscríbete a la revista completa Cantidad total de números publicados 67 Números
Editorial:  Dykinson
/
Idioma:  Español/Castellano
Edición país:
España
Nº páginas:
79-112
Disponible
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La teoría de la imputación objetiva cobra gran auge a partir de los años sesenta, fundamentalmente por obra de ROXÍN, con la idea de establecer un nexo objetivo entre la acción y el resultado para poder constatar la realización del tipo objetivo en los delitos de resultado, al margen de la mera relación de causalidad. Ha de existir una relación objetivo-normativa entre ambos que permita afirmar que el resultado es la realización o concreción del peligro creado por la acción y, por ello, imputable al comportamiento del autor como obra suya. Este auge coincide con el surgimiento de los planteamientos teleológicos del Derecho Penal y del sistema del delito que atienden a la finalidad perseguida por el mismo. Desde esta perspectiva normativista la imputación objetiva se convierte en una exigencia general para la realización del tipo objetivo en los delitos de resultado…


The present analyses one today’s most important problems being discussed about crime theory, that is the objective accusation or the objective nexus to it which at least has to exist between the caused effect and the action, in order to ascribe the crime to the person who xommitted it. Therefore, it must be possible to verify that the action generated a typically relevant danger and that, besides, the result of this action was the danger itself. These two requeriments originate a series of cases in which it’s not possible to verify the objective accusation and, therefore, not even the objective type, because of lack of basic assumptions, and so it won’t be possible to impute criminal responsibility for the crime committed.

1. Introducción.— 2. Resultado, causalidad e imputación objetiva.— 3. La imputación objetiva: A) La creación de un riesgo típicamente relevante: a) Casos de disminución del riesgo. b) Casos de ausencia de riesgo. c) Casos de riesgo permitido. B) La realización del riesgo en el resultado típico: a) Casos de desviaciones del curso causal. b) Casos de comportamientos alternativos conformes a Derecho. c) Casos no cubiertos por el fin de protección de la norma de cuidado. C) El alcance del tipo: a) Casos de puesta en peligro voluntaria de la víctima por sí misma o por un tercero: a’. Participación de un tercero en la autopuesta en peligro dolosa de la propia víctima. b’. La puesta en peligro ajena consentida. c’. El consentimiento. b) Casos de atribución del resultado a un ámbito de responsabilidad ajena. d) Casos de consecuencias tardías.

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Cita 'Chicago'

Pérez Alonso, Esteban J. “Notas sobre la imputación objetiva en el Derecho Penal.” Cuadernos de Política Criminal. Cuadernos de Política Criminal, no. 93 (2007).

Cita 'APA'

Pérez Alonso, Esteban J (2007). Notas sobre la imputación objetiva en el Derecho Penal. Cuadernos de Política Criminal. Cuadernos de Política Criminal, 93. Dykinson.

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