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El acuerdo extrajudicial de pagos y la exoneración del pasivo concursal en el real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero

AutorMención
Berrocal Lanzarot, Ana IsabelAutoría
Artículo desde: Cuadernos de Derecho y Comercio / Número 63
Suscríbete a la revista completa Cantidad total de números publicados 50 Números
/
Edición:  1ª ed.
/
Idioma:  Español/Castellano
Edición país:
España
Nº páginas:
81-127
Palabras clave:
Deudor persona física, insolvencia, segunda oportunidad, exoneración del pasivo, concurso de acreedores
Palabras clave (inglés):
Debtor natural person, insolvency, second chance, fresh start, discharge, banckrptcy proceeding
Disponible
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El Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero —que actualmente se está tramitando como Proyecto de Ley en el Congreso de los Diputados—, ha modificado de nuevo la Ley Concursal, en concreto, el régimen de exoneración del pasivo insatisfecho en el concurso previa liquidación del patrimonio o la conclusión de aquél por insuficiencia de la masa; el acuerdo extrajudicial de pagos, flexibilizando a tal efecto su contenido y efectos, ampliando su ámbito subjetivo de aplicación a la persona natural no empresaria —consumidor—, con el establecimiento de un procedimiento simplificado para éstas, donde el notario actúa como mediador concursal; y, en fin, posibilitando que las Cámaras de Comercio, Industria, Navegación y Servicios actúen como mediadores, si el deudor es empresario; y, asimismo, se posibilita que, el concurso consecutivo se acompañara de una propuesta anticipada de convenio o de un plan de liquidación. Sobre tales bases, el presente estudio va a analizar las novedades expuestas, y su plasmación en dos Autos del Juzgado de lo Mercantil, número 10 de Barcelona, de 14 de abril de 2015. 


The Royal Decree-Law 1/2015, 27 February – which currently is being processed as Bill in the Congress of the Deputies – has again changed the bankruptcy law, in particular, the regime of exemption from unsatisfied liabilities in the contest upon liquidation of the heritage or the conclusion of that failure of the mass; the settlement of payments, more flexible to that effect its content and effects, extending its subjective scope of application to the natural person not corporate – consumer-with the establishment of a simplified procedure for these, where the notary acts as mediator bankruptcy; and, finally, making it possible that Chambers of Commerce, industry and navigation services to act as mediators, if the debtor is a businessman; and, in addition, it is possible that consecutive contest is accompanied by an early proposal of agreement or a plan of liquidation. On such basis, the present study will analyze news exposed, and its manifestation in two cars of the commercial court, number 10 of Barcelona, from April 14, 2015. 

I. CONSIDERACIONES PREVIAS

II. EL NUEVO RÉGIMEN LEGAL DEL ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS

III. ESPECIALIDADES DEL CONCURSO CONSECUTIVO

IV. EL BENEFICIO DE LA EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO

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Cita 'Chicago'

Berrocal Lanzarot, Ana Isabel. “El acuerdo extrajudicial de pagos y la exoneración del pasivo concursal en el real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero.” Cuadernos de Derecho y Comercio. Cuadernos de Derecho y Comercio, no. 63 (2015).

Cita 'APA'

Berrocal Lanzarot, Ana Isabel (2015). El acuerdo extrajudicial de pagos y la exoneración del pasivo concursal en el real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero. Cuadernos de Derecho y Comercio. Cuadernos de Derecho y Comercio, 63. Fundación Notariado.

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