
El presente trabajo tiene por objeto el ánalisis de la praxis alemana sobre el tratamiento jurisprudencial que reciben los casos en los que la persona que es objeto de violencias habituales y sistemáticas (generalmente la mujer del agresor, aunque no siempre) decide poner fin a su dramática situación (no en vano, la doctrina y jurisprudencia alemana designan estos casos como el «Hausty- rann» o «Familientyrann») acabando o intentado acabar con la vida de quien le tiene sometido a esa situación (1). Ejemplificaremos la cuestión con la exposición de los hechos que sirvieron de base a la reciente sentencia dictada por el BGH el 25 de marzo de 2003…
I. Introducción.—II. ¿La legítima defensa como causa de exención de responsabilidad criminal?—III. La legítima defensa putativa y su reconducción a través del error en algunos de estos casos.—IV. El error de prohibición y el estado de necesidad disculpante.— V. Reflexión final.
Cita 'Chicago'
Olmedo Cardenete, Miguel. “La jurisprudencia del Tribunal Supremo Federal alemán en los supuestos en los que la víctima de violencia doméstica ataca a su agresor: tratamiento del denominado "Haustyrann".” Cuadernos de Política Criminal. Cuadernos de Política Criminal, no. 82 (2004).
Cita 'APA'
Olmedo Cardenete, Miguel (2004). La jurisprudencia del Tribunal Supremo Federal alemán en los supuestos en los que la víctima de violencia doméstica ataca a su agresor: tratamiento del denominado "Haustyrann". Cuadernos de Política Criminal. Cuadernos de Política Criminal, 82. Dykinson.
Aún no hay opiniones.