
La competencia para conocer y resolver en los supuestos de jurisdicción voluntaria se atribuyó a largo de los siglos a distintos operadores jurídicos, en función de la variable posición de éstos en el Ordenamiento, y de la superación de la concepción de la jurisdicción voluntaria
The competence to hear and resolve cases of voluntary jurisdiction was conferred to different legal operators throughout the centuries, depending on their variable position in the legal system, and on the overcoming concept of voluntary jurisdiction as purely contractual, agreed or peaceful exercise of rights.
I. LA IURISDICTIO VOLUNTARIA EN EL DERECHO ROMANO: MAGISTRADOS. JUECES. TABELIONES TITULARES DE LA FUNCIÓN NOTARIAL. EMPLEADOS PÚBLICOS ENCARGADOS DE LA LLEVANZA DE LOS ARCHIVOS PÚBLICOS; II. JU-RISDICCIÓN VOLUNTARIA MEDIEVAL: NOTARIOS. JUECES DOCUMENTADORES, IUDICES CHARTULARII. NOTARIUS ET IUDEX; III. LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA EN EL XIX ESPAÑOL: CÓDIGOS PROCESALES DE 1855 Y 1881. LEY HIPOTECARIA DE 1861. LEY DEL NOTARIADO DE 1862. LEY ÓRGANICA DEL PODER JUDICIAL DE 1870.
Cita 'Chicago'
Fernández de Buján, Antonio. “Operadores jurídicos competentes en jurisdicción voluntaria a la luz de la experiencia histórica.” Revista Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid. Revista Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid, no. 28 (2013).
Cita 'APA'
Fernández de Buján, Antonio (2013). Operadores jurídicos competentes en jurisdicción voluntaria a la luz de la experiencia histórica. Revista Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid. Revista Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid, 28. Dykinson.
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