Art. 7 LPH: Facultades del propietario. Obras y actividades prohibidas

 Art. 7 LPH: Facultades del propietario. Obras y actividades prohibidas. 9788413882444

Compartir en:

Art. 7 LPH: Facultades del propietario. Obras y actividades prohibidas

  • Sepin.
  • Papel

    Disponible para envío en 3-4 días

    antes:
    37,34€
    ahora:
    35,47€

    Resumen del libro

    Dos son las cuestiones que tratamos en este trabajo: por un lado, las obras que el propietario de cada piso o local puede realizar en los elementos comunes, así como la posibilidad de realizar reparaciones urgentes y las actividades que tanto al comunero como al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en la propiedad privada o en el resto del inmueble; por otro, las actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

    ¿Qué significa la notificación que los propietarios deben hacer al representante de la Comunidad cuándo realizan obras en elementos privativos? ¿Cuándo procede que los comuneros realicen las obras urgentes? ¿Qué actividades pueden desarrollar los comuneros en su propiedad? ¿Quién debe realizar el requerimiento en caso de actividades molestas? ¿A quién se debe demandar al ocupante o al propietario? ¿Procede privar del uso de la propiedad cuando el que realiza las infracciones es el ocupante?

    Veamos las respuestas de la jurisprudencia.


    Y además, en la parte de Actualidad:

    · Contenido del certificado del acuerdo de liquidación de la deuda
    · Medidas disuasorias frente a la morosidad en las comunidades de propietarios 
    · Supresión de radiadores y pago de gastos comunes