I. IVA
Principio de regularización integra. Evitación de duplicidad impositiva y de solicitud de devolución de ingreso indebido.
Derecho a la devolución en caso de caducidad de la compensación. Procedimiento de solicitud de la devolución.
Repercusión y rectificación de cuotas repercutidas como consecuencia de regularización de las operaciones por los órganos de aplicación de los tributos. Improcedencia de exigir la firmeza del acuerdo de liquidación para proceder a la repercusión/rectificación del IVA en los términos determinados en dicho acuerdo.
Rectificación de cuotas de IVA. Plazo para la repercusión y/o rectificación con o sin emisión de factura. No deber de soportar el IVA repercutido por parte del sujeto repercutido cuando las rectificaciones no se han realizado en plazo.
Exigencia del ingreso del IVA repercutido indebidamente en una factura, aunque la operación no debe tributar por IVA. Prohibición del efecto directo vertical descendente de las Directivas de la Unión Europea en perjuicio de los particulares.
Necesidad de otorgamiento de trámite de audiencia en el procedimiento de devolución a no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto (TAI).
Devoluciones a no establecidos: procedencia de la devolución cuando se cumplan los requisitos sustantivos a pesar de aportación tardía de la documentación requerida.
Principio de personalidad de las sanciones impuestas a grupo de entidades.
Modificación de bases imponibles: comunicación de la factura rectificativa fuera de plazo en supuestos de créditos incobrables.
Prescripción: no efecto interruptivo de la declaración resumen anual.
II. IRPF
Actividades económicas ejercidas por entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere la LGT art.35.4. Aplicación de la reducción por mantenimiento o creación de empleo: requisitos.
Exenciones. Pensiones de incapacidad permanente de clases pasivas. Situación de “inhabilitación por completo para toda profesión u oficio” sobrevenida a la jubilación.
Beneficios fiscales. Vivienda habitual. Adquisición de la propiedad en pro indiviso. Computo del plazo de tres años para determinar si el inmueble tiene o no la consideración de vivienda habitual en supuestos de adquisición de la propiedad en pro indiviso.
Determinación del rendimiento neto de una actividad económica en estimación directa. Admisión o no de los gastos de suministros correspondientes a la vivienda habitual afectada parcialmente al ejercicio de la actividad, en proporción a la parte de ésta que se utilice para el ejercicio de dicha actividad.
Procedencia de mantener el importe real de la enajenación de los inmuebles como tal, a efectos de determinar el importe de adquisición de esos mismos inmuebles cuando son objeto de una segunda venta.
Improcedencia de aplicar el principio de estanqueidad sobre el de unicidad por la administración tributaria estatal, para valorar un bien transmitido, que fue previamente valorado por la Administración autonómica a efectos del ITP y AJD.
Reducción rendimientos irregulares: nulidad del precepto reglamentario.
Reducción arrendamientos de viviendas en supuestos de arrendatario persona jurídica.
Transmisión a título lucrativo: improcedencia de considerar un valor de adquisición de cero euros por la AEAT.
III. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Reducción de la LISD art.20.2. c. Actividad económica. Consideración de las cuentas corrientes bancarias como “elementos patrimoniales afectos a una actividad económica”.
Improcedencia de aplicar el método de comprobación de valores por el sistema de capitalización de beneficios al no estar previsto en la LISD, y porque la intervención del perito no permite utilizar un método de valoración no autorizado por la Ley del Tributo.
Reducción empresa familiar, ejercicio al que viene referido el cumplimiento de requisitos.
Reducciones por transmisión de empresa familiar. Ejercicio de funciones de dirección y titularidad de participaciones.
IV. ITP y AJD
Exenciones en el supuesto de expropiación forzosa que finaliza con acta de mutuo acuerdo, ocupación y justiprecio.
Beneficios fiscales previstos en la L 2/1994, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios; aplicación a los créditos bancarios con garantía hipotecaria. Extensión analógica inexistente.
No sujeción a TPO de los excesos de adjudicación declarados que obedezcan al carácter indivisible del bien adjudicado o que desmerezca mucho por su división, cuando la compensación por el condueño adjudicatario del bien se materialice en metálico.
No sujeción compras a particulares.
V. IS
Improcedencia de practicar una corrección valorativa cuando el servicio que presta la persona física a la sociedad vinculada y el que presta la sociedad vinculada a terceros independiente es sustancialmente el mismo.
Improcedencia de exigir recargo por declaración extemporánea del IS.
Fundaciones: fines de interés general ejecutados directa o indirectamente. Regularización completa.
VI. LGT
Nulidad de acuerdos de liquidación contrarios a contestaciones a consultas vinculantes de la DGT.
Nulidad o anulabilidad en el procedimiento de verificación de datos.
Caducidad en procedimientos de gestión: consumación de la prescripción.
Vicios comprobación limitada: obligación de adecuación del alcance de las actuaciones a la comprobación efectivamente realizada, con carácter previo a la formulación de propuesta de liquidación y concesión de trámite de audiencia. Consecuencias del incumplimiento de la obligación de respetar el alcance.
Efectos preclusivos de la comprobación limitada.
Comprobación de valores: anulación de comprobación de valores por motivación insuficiente en informe pericial.
Comprobación de valores: falta de motivación de la comprobación de valores. Retroacción de actuaciones. Reincidencia en el mismo efecto.
Comprobación de valores: falta de motivación de la comprobación de valores. Retroacción de actuaciones. Reincidencia en el mismo defecto.
Principio de regularización completa: efectos del procedimiento de inspección. Duplicidad en el pago. Devolución de ingresos indebidos. Controversias centradas en criterios de imputación temporal.
Vicios en el procedimiento de inspección: falta de examen y valoración de las alegaciones y documentos presentados por el sujeto pasivo en plazo ante la propuesta de liquidación de la Inspección.
Diligencia exigible a la Administración en la práctica de notificaciones.
Tratamiento específico del supuesto de notificaciones a no residentes, y en particular, a los residentes sin establecimiento permanente.
Notificaciones a sociedades mercantiles no establecidas: práctica en el domicilio señalado por el obligado tributario en el procedimiento de devolución a no establecidos.
Exigencias de las notificaciones practicadas por agente tributario.
Notificaciones por comparecencia. Requisitos temporales de los intentos de notificación: cumplimiento del lapso de 3 días.
Notificaciones. Invalidez de la notificación efectuada a través de dirección electrónica habilitada (DEH), antes de haber recibido comunicación de su inclusión obligatoria.
Obligación de resolver en plazo: cómputo de los plazos que comienzan en la misma fecha de producción o notificación de un acto y que se computan por meses.
Plazo para la ejecución de una resolución económico-administrativa que, estimando en parte por razones de fondo, anula la liquidación inicial dictada ordenando la práctica de otra en sustitución de aquella. Consecuencias de su incumplimiento.
Plazo para la ejecución en supuestos de retroacción de actuaciones acordadas por resolución económico-administrativa en procedimientos de gestión.
Oposición a acuerdo de adopción de medidas cautelares.
Improcedencia de adopción de medidas cautelares tras la suspensión de la liquidación.
Aplazamientos o fraccionamientos en situaciones concursales: improcedencia de denegación automática.
Aplazamiento/fraccionamiento: la administración debe comunicar y conceder trámite de subsanación cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en la normativa o no se acompañe de la documentación necesaria.
Liquidación de intereses suspensivos: limitación al interés legal del dinero en supuestos de suspensión con garantía preferente. Régimen transitorio: deudas suspendidas antes del 1 de julio de 2004 (entrada en vigor LGT).
Reembolso del coste de las garantías aportadas. Anulación de la deuda por motivos formales con orden de retroacción de actuaciones.
Procedimiento de recaudación/concurso de acreedores. Deuda de la masa/créditos concursales. Suspensión del período voluntario de pago e imposibilidad de dictar la providencia de apremio.
Sanciones tributarias: anulación de acuerdo de imposición de sanción por falta de motivación de la sanción.
Sanciones tributarias: anulación de acuerdo de imposición de sanción por falta de prueba de la culpabilidad.
Caducidad del procedimiento sancionador tributario.
Plazo máximo para la iniciación del procedimiento sancionador.
Responsabilidad subsidiaria por cese: no objetiva, exigencia de intencionalidad.
Procedimiento de verificación de datos. Alcance: exclusión de cuestiones relativas al desarrollo de actividades económicas.
Aplazamientos: ampliación del plazo para subsanación de defectos.
Reclamación económico-administrativa: consecuencias para la Administración de la remisión de expediente incompleto.
Revisión: efectos de la solicitud de suspensión.
Recurso extraordinario de revisión: consideración de la resolución o sentencia que anula liquidación como documento esencial respecto a la anulación de la sanción.
Reclamaciones económico-administrativas: ejecutividad de la resolución estimatoria obtenida en la reclamación de instancia, en supuestos de recurso de alzada ordinario interpuesto por director general.
Procedimiento de inspección: incumplimiento del plazo, requisitos para su reanudación.
Anexos
Tabla alfabética