Resumen del libro
Ninguna dimensión es exclusiva del Registro o del Catastro. Todas son compartidas: Conceptualmente el Registro se refiere al dominio, el Catastro, a la apariencia real. Temporalmente el Registro acumula datos en el tiempo, el Catastro ha de ser actual. Espacialmente el Registro es territorialmente parcial, el Catastro general. Formalmente el Registro describe elásticamente, el Catastro con precisión. Volitivamente: la voluntad privada prima en el Registro de la Propiedad, mientras que la voluntad pública prima en la institución catastral. Finalitariamente el Catastro satisface las necesidades del sector público de la sociedad, el Registro, las relacionadas con el aspecto privado patrimonial. Jurídicamente las titularidades catastrales son indiciarias, las registrales son fehacientes. Las descripciones registraIes son presuntivas, las catastrales ejecutivas.
I. Ejemplo de derecho comparado. Perú. II. Propuesta de un nuevo modelo de sistema de información territorial. III. Concepto, contenido y aspectos de la coordinación entre el registro de la propiedad y el catastro. IV. Planteamiento general. Diferentes dimensiones del concepto de predio integral.
Comentarios
Colección Monografías; 865
Citación Chicago
Vázquez Asenjo, Oscar Germán.
Coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad.
1ª
Valencia:
Tirant Lo Blanch,
2013.
Citación APA
Vázquez Asenjo, Oscar Germán
(2013).
Coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad. Tirant Lo Blanch.