Derecho internacional líquido ¿Efectividad frente a legitimidad?

Derecho internacional líquido ¿Efectividad frente a legitimidad?. 9788413452920
  • Editorial: Aranzadi
  • ISBN: 9788413452920
  • Páginas: 332
  • Dimensiones: 17 cm x 24 cm
  • Plaza de edición: Navarra , España
  • Encuadernación: Rústica
  • Idiomas: Español
  • Fecha de la edición: 2020
  • Edición: 1ª ed.
  • Materias:

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Derecho internacional líquido ¿Efectividad frente a legitimidad?

  • Jiménez García, Francisco.
  • Papel

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    Resumen del libro

    El soft law, los acuerdos políticos y los acuerdos no normativos, los acuerdos administrativos y otras normas internacionales han dado lugar a un efectivo Derecho internacional líquido (en el sentido baumaniano del término), idóneo para la realización de la gobernanza global pero cuya configuración conforme a parámetros de legitimidad constituye un reto ineludible para la actual sociedad internacional. Estamos en el siglo de los principios rectores y las agendas, de las recomendaciones y los estándares, de los memorandos de entendimiento y los modelos de convenio, de los objetivos de desarrollo y los códigos de conducta. No obstante, la dicotomía entre hard law y soft law no necesariamente ha de analizarse desde una perspectiva antagónica y binaria, sino que las recíprocas relaciones entre ambas ofrecen, en muchas ocasiones, una visión continuista y más realista del Derecho internacional.

    Esta normativa se caracteriza por renunciar a la normatividad obligatoria a favor de la asertividad política de sus postulados y mecanismos de aplicación; por la celeridad en la toma de decisiones y la certeza técnica o científica frente a las incertidumbres de la experiencia convencional y la .lentitud de los procedimientos constitucionales. Ante una multilateralidad imposible y un sistema binario totalmente caduco, resulta preferible la multipolaridad, un sistema de ordenación comunitario y plural en cuanto a la juridicidad y la obligatoriedad que nos conduce a preguntarnos sobre si sigue siendo útil el Derecho internacional del artículo 38 del Estatuto de la CU y sobre la necesidad urgente de reformular los principios estructurales de un Derecho constitucional internacional más allá de los Estados, pero más legítimo y reconocible para los ciudadanos.