Resumen del libro
El anuncio de una reforma de la que, en nuestro país, sustituyó la legalización del aborto ceñida a un sistema de indicaciones (es decir, solamente en el caso de que concurriesen determinados supuestos límites) por otro en el que perviven algunas de las indicaciones anteriores, apreciadas del modo más estricto pero acompañadas por un sistema de plazos, que reconoce a la mujer el derecho a decidir si va a ser o no madre en las primeras catorce semanas esto es, aproximadamente en el primer trimestre del embarazo provocará, sin duda, un intenso debate en nuestra sociedad, al que pretende introducir esta obra.
En ella, el debate se divide en dos: uno ideológico a cargo del profesor Vives y otro estrictamente jurídico a cargo de la Profesora Cuerda Arnau; pero, en el fondo, se trata de un solo debate, pues desde el momento en que la Constitución reconoce como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político (artículo 1.1) y afirma que la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes y el libre desarrollo de la personalidad son fundamento del orden político y de la paz social (artículo 10.1), es decir, del orden jurídico, remite la discusión jurídica tanto a un contexto forense acerca de lo que dicen las leyes (quid juris?) como más allá de ese ámbito, acerca de lo que dice el Derecho (quid just?), es decir al ámbito de lo justo y de lo injusto que no deja de jugar un papel en el territorio de la jurisdicción y en el que, si no de modo exclusivo, si muy principalmente, tiene lugar la discusión pública.
La presente obra muestra que ambos discursos pueden y deben coincidir en lo esencial, a saber: en que el embrión o feto de ser, al menos en el primer trimestre no debe ser tenido por persona ni asimilado a una persona y que, en consecuencia, la mujer tiene un derecho fundamental e inviolable a decidir en ese plazo si acepta o no la maternidad. De modo que, a juicio de los autores, el sistema del plazo no debería sustituirse por uno basado exclusivamente en indicaciones, que no podría otorgar a los derechos de las mujeres el peso que la Constitución y la Justicia les confiere; máxime cuando el sistema del plazo, en la medida en que intenta proteger al embrión al feto no contra la madre si no con su ayuda puede resultar más eficiente y riguroso en esa tarea. Todo ello, naturalmente sin perjuicio de que aspectos concretos de la ley cuya modificación se anuncia resulten discutibles y puedan ser reformados sin menos cabo de la dignidad femenina que, en realidad, es lo que está en juego en este debate.
Los autores defienden en esta obra, con abundantes razones, que derogar el sistema del plazo -como proponen algunos- sería tanto como continuar alejando a las mujeres de la igualdad con los varones, esto es, seguir relegando a la mitad o más de la población al lugar subalterno que hasta ahora ha ocupado; y esa situación, por su radical injusticia, no puede perpetuarse.
Primera parte
EL DEBATE IDEOLÓGICO. CONDICIÓN FEMENINA Y TEORÍA DE LA JUSTICIA: EL PROBLEMA DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
I. PLANTEAMIENTO DEL TEMA
1. Introducción
2. Mill sobre la esclavitud de las mujeres
3. Aborto y liberalismo político
4. Sobre la razonabilidad del sistema del plazo
II. LAS POSTURAS PRO-VIDA: EXPOSICIÓN DE LA DOCTRINA OFICIAL DE LA IGLESIA CATÓLICA SOBRE EL ABORTO
1. Consideraciones introductorias
A) El Concilio Vaticano II
B) La Encíclica Humanae Vitae
2. Exposición razonada de la Doctrina Oficial de la Iglesia Católica
3. La perspectiva de la fe católica
4. La perspectiva de la razón
5. Moral y derecho
III. SOBRE LA RAZONABILIDAD DE LAS DOCTRINAS PRO-ELECCIÓN: A) LA NEGACIÓN DE LA PERSONALIDAD A FETOS Y EMBRIONES
1. Introducción
2. La consideración del feto como persona
3. La doctrina tomista
3. Mas allá del tomismo: alma, individuo y persona en el pensamiento contemporáneo
IV. SOBRE LA RAZONABILIDAD DE LAS DOCTRINAS PRO-ELECCIÓN B) EL VALOR DE LA VIDA HUMANA: DERECHO Y MORAL
1. Sobre la valoración de la vida humana
A) El origen del problema
B) Uso y abuso de la idea de persona
C) El carácter «sagrado» de la vida humana
2. Derecho y moral
V. CONCLUSIONES
Segunda parte
EL DEBATE CONSTITUCIONAL: SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY ORGÁNICA 2/2010
I. LA ACTUAL REGULACIÓN DEL ABORTO PUNIBLE. CONSIDERACIONES GENERALES
II. ANTECEDENTES PRÓXIMOS: LAS CLAVES DEL DEBATE
III. LAS PARADOJAS DE LA ANTERIOR REGULACIÓN: MOTIVOS PARA EL CAMBIO
1. El desprecio por los derechos fundamentales de la mujer
2. El desprecio por la legalidad
3. La dudosa legitimidad del castigo
IV. MODELOS ALTERNATIVOS. ALGUNOS EJEMPLOS DE DERECHO COMPARADO
1. Modelos alternativos al sistema de indicaciones
A) Modelo puro de plazo
B) Modelo de asesoramiento
C) Modelo mixto: cláusula general de necesidad con decisión última de la embarazada
2. El sistema alemán: la Schwangeren-und FamilienhilfeGesestz y la jurisprudencia constitucional
A) La sentencia del Tribunal Constitucional de 25 de febrero de 1975
B) La sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de mayo de 1993
a) La protección de un bien jurídico
b) La función del derecho penal
c) El asesoramiento
3. El modelo norteamericano: Roe v. Wade y sus vicisitudes
A) Roe v. Wade 410 U.S.113 (1973)
B) Maher vs. Roe 432 US 464 (1977)
C) Planned Parenthood of Central Missouri vs. Danforth 428 US 476 (1976) y Belloti vs. Bair 428 US 132 (1979)
D) Webster vs Reproductive Health Services 492 US 490 (1989)
E) Planned Parenthood of Southeastern Pennsylvania vs. Casey 497 US 417 (1992)
F) Stenberg vs. Carhart 530 U.S. 914 (2000)
G) Gonzales vs Carhart 550 U.S. 124 (2007)
H) Algunos apuntes sobre la actual política legislativa en materia de aborto en Estados Unidos
4. Reino Unido: la Abortion Act de 1967 y el régimen específico de Irlanda del Norte. La STEDH caso A, B y C contra Irlanda
A) Abortion Act
B) La STEDH caso A, B y C contra Irlanda (STEDH de 16 diciembre 2010)
5. El sistema italiano: la ley de 22 de mayo de 1978, n. 194
6. El modelo portugués: la ley 16/2007 de 17 de abril
7. Algunas conclusiones
V. LA LEY ORGÁNICA 2/2010, DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Y DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. VISIÓN DE CONJUNTO
VI. EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
1. Los motivos del recurso
2. Argumentos a favor de la constitucionalidad del modelo que instaura la LO 2/2010
A) El respeto a los derechos fundamentales y al principio de igualdad en su ejercicio. Especial referencia al consentimiento de las menores
a) La prioridad de los derechos fundamentales
b) El consentimiento de las mujeres de dieciséis años y diecisiete años
c) El acceso a la prestación en condiciones de igualdad. Los límites al derecho a la objeción de conciencia
B) La protección del nasciturus
a) Medidas educativas y sociosanitarias
b) El asesoramiento
c) El límite temporal. La polémica sobre el plazo general
d) Condiciones específicas. Otros límites temporales. El problema del plazo en la indicación médica. Las comprobaciones diagnósticas: el concepto de salud, anomalía y otros.
a') Los plazos
b') Las comprobaciones diagnósticas: el concepto de salud, anomalía y otros
e) La protección penal
3. Una cuestión pendiente: el problema del aborto tardío. Las indicaciones previstas en la letra c) art. 15
VII. ORIENTACIÓN BIBLIOGRÁFICA
VIII. ANEXOS
1. Ley orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (Tol 1782886)
2. Real Decreto 825/2010, de 25 de julio de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (Tol 1868886)
3. STC 53/1985, de 11 de abril
4. STC 212/1996, de 19 de diciembre
5. STC 116/1999, de 17 de junio
Comentarios
Colección Alternativa; 18