Resumen del libro
En los últimos tiempos, y en relación con el tratamiento jurisprudencial de la práctica médica, se observa que el tema de la información debida al paciente y el necesario consentimiento del enfermo como requisito previo a la actuación sanitaria, se ha convertido en una de las cuestiones protagonistas de las controversias judiciales. Este protagonismo ha llegado hasta el punto de competir incluso con el que hasta entonces venía siendo el tema tradicional que centraba las disputas jurídicas, que no era otro que el de la relación de causalidad entre la actuación médica y el resultado dañoso; tema que, planteado desde una perspectiva esencialmente médica y contemplando la actuación puramente técnica del profesional, venía siendo la cuestión fundamental a dilucidar en estos casos. La cada vez mayor importancia que se concede a la idea de la autonomía individual y al libre desarrollo de la personalidad, también en el campo de las relaciones médico-paciente, es el origen de esta creciente preocupación por el consentimiento del enfermo y también por la información que el paciente ha de recibir como un paso previo a la manifestación de su voluntad, que es ahora requisito previo a cualquier posterior intervención sanitaria. Esta nueva situación se manifiesta judicialmente en una cada vez más frecuente alegación, en las demandas por responsabilidad médica, de la inexistencia de consentimiento informado por parte del paciente. En este contexto el consentimiento informado intenta abrirse paso como un requisito más para valorar jurídicamente la correcta actuación del profesional, la denominada lex artis, y por lo tanto como un elemento determinante en la configuración de la relación de causalidad entre la actuación sanitaria y el daño, que dejaría de estar solamente referida a la actuación puramente técnica del profesional para abrir ahora un hueco a los deberes relativos a la información y el consentimiento del paciente. Por eso el interés del estudio sobre el consentimiento informado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo es cada vez mayor, desde el momento en que la cuestión de la correcta prestación del consentimiento por parte del paciente, y de la previa y necesaria aportación de la debida información, es ahora uno de los temas fundamentales de las controversias jurídicas sobre temas médicos. Esta claro que el origen de la institución del consentimiento informado en el ámbito de la práctica médica se encuentra en la expansión de las ideas de libertad y autonomía personal del individuo propias de la sociedad contemporánea. Estas ideas, siguiendo una evolución histórica claramente expansiva, van a llegar con fuerza a las fronteras del mundo de la medicina para intentar penetrar en él y hacer valer también en este ámbito, tradicionalmente definido por el paternalismo médico, la libre elección del sujeto en todas aquellas decisiones relativas a su salud. El desarrollo doctrinal de esta idea, recogido luego por la legislación y asumido por la jurisprudencia, ha acabado por convertir el consentimiento informado en un requisito esencial también en el seno de la práctica médica y, aún más que en eso, en una institución jurídica de primer orden, que está teniendo ya un intenso tratamiento jurisprudencial.
I. INTRODUCCIÓN. II. EL PAPEL DEL TRIBUNAL SUPERMO. II. 1. El papel del Tribunal Supremo en la apreciación de oficio del consentimiento informado. II. 2. El papel del Tribunal Supremo en la valoración de la prueba realizada en la instancia. III. LA RELEVANCIA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL PACIENTE EN LA RELACIÓN SANITARIA. III. 1. El consentimiento informado como requisito esencial en la práctica médica. III. 2. La vinculación del consentimiento informado con el derecho de autodeterminación del paciente y con la idea de dignidad humana. IV. LA PRUEBA DEL CONSENTIMIENTO. IV. 1. Responsabilidad médica y carga de la prueba. IV. 1. A. Criterios generales sobre la carga de la prueba en materia de responsabilidad médica. IV. 1. B. La responsabilidad objetiva de la Administración y el papel del consentimiento. IV. 2. La carga de la prueba del consentimiento y la información. IV. 3. El documento escrito como medio de prueba. V. CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO. V.1 La información como un prerrequisito del consentimiento. Enunciados legales y jurisprudenciales sobre su contenido. V. 2. La información sobre los riesgos de las actuaciones sanitarias. V. 3. El exceso de información. VI . MEDICINA NO CURATIVA E INTERVENCIÓN NECESARIA. RELEVANCIA DE LA DIFERENCIA A EFECTOS DE CONSENTIMIENTO. VI. 1. El caso de la medicina no curativa y su incidencia en la exigencia de información. VI. 2. El carácter necesario de la intervención. VI. 3. El carácter necesario de la intervención y la responsabilidad objetiva de la Administración. VII. LA RELACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y EL CONSENTIMIENTO CON LA LEX ARTIS DEL FACULTATIVO. VIII. LA RESPONSABILIDAD POR LA AUSENCIA DE CONSENTIMIENTO INFORMADO. VIII. 1. Responsabilidad por la violación de la autonomía del paciente con independencia del daño físico. VIII. 2. Responsabilidad por la violación de la autonomía del paciente y por el daño físico causado. IX. LISTADO DE SENTENCIAS ESTUDIADAS.
Comentarios
Biblioteca de Derecho y Ciencias de la Vida; 35
Citación Chicago
El derecho a la autonomía del paciente en la relación médica: El tratamiento jurisprudencial del consentimiento informado.
1ª
Granada:
Comares,
2009.
Citación APA
(2009).
El derecho a la autonomía del paciente en la relación médica: El tratamiento jurisprudencial del consentimiento informado. Comares.