Resumen del libro
Democracia y Estado de Derecho deben conjugarse en el mismo tiempo político y jurídico. Lo cual supone que el Juez debe ser un Poder desde luego, pero realizado exclusivamente a través del Derecho, no de la Política. Es un Poder Jurídico. Y lo es de todos y cada uno de los Jueces, quienes deben creérselo firmemente para el bien de los ciudadanos, últimos destinatarios de las acciones de quienes tienen como misión resolver conflictos.
De ahí que la suplantación por las Asociaciones Judiciales de la idea de Derecho que de conformidad con el sistema de fuentes está irreductiblemente atribuida a los Jueces, suponga un grave atentado a su independencia y desde luego una absurda y rechazable politización de la carrera judicial y fiscal. No son las Asociaciones simple expresión en el ámbito judicial y fiscal de tal derecho fundamental, sino que se han convertido, sin más, en prolongación de los partidos políticos. Lo cual, además, de forma prepotente, casi omnipotente, llevan luego a la práctica también, en nepotismo indisimulado, a través de la selección de los puestos y plazas que realizan en el Consejo General del Poder Judicial, un órgano hoy por hoy completamente desprestigiado y que –salvo supresión– habría que mejorar en calidad institucional a través del Derecho.
Aunque se centra la batalla en el plano político sobre la selección de los miembros del Consejo, hay otro plano, de Derecho Administrativo, que ha quedado arrumbado, como lamentablemente viene sucediendo con este Derecho, aquí y en otros múltiples ámbitos y sectores, y que es urgente recuperar. En concreto, hay que volver a la aplicación del mérito y capacidad, conceptos determinables siempre, en la selección de los puestos, y ello se traduce en un necesario concurso reglado jurídicamente, con baremos claros, nada difícil de organizar, olvidándose de una vez de la actual arbitrariedad que tan dañina ha resultado para el Juez no asociado y con ello para la creencia en la Justicia. No hay mejor negocio jurídico y político que un buen Juez y para ello, tiene que tener la legitimidad que da ser quien realmente se lo merezca con transparencia y concurrencia. Mientras eso no se haga así, cambie o no el criterio de selección de los Vocales del Consejo, la Justicia no estará prestigiada como sería exigible y deseable
Parte primera. El poder político, la posición del juez y la Administración: en torno a las relaciones entre Democracia y Estado de Derecho. La ley, la jurisdicción y las potestades administrativas.
I. Democracia, Estado de Derecho, Poder Judicial.
II. Elogio del buen político y crítica del que no lo es. Notas técnicas sobre el principio de arbitrariedad política como forma normal de actuación.
III. Recuperar las instituciones y su función pública.
IV. La creencia en el Estado Social y Democrático como base para la exención del control judicial. La negación de la tesis.
V. El intento de crear una Administración libre de la ley. La tesis de la «vinculación estratégica».
VI. De nuevo la legalidad como motor último y único de la habilitación de la Administración.
Parte segunda. El Consejo del Poder Judicial, los jueces como recurrentes: de la arbitrariedad actual a las soluciones de mañana.
I. El Consejo General del Poder Judicial: un órgano completamente
desacreditado.
II. El carácter mixto del contencioso. Legalidad y proceso.
III. Parar la deificación procesal de la Administración: una tarea pendiente de los jueces contenciosos.
IV. Una historia de regresión permanente.
Comentarios
Colección Monografías
Citación Chicago
Soriano García, José Eugenio.
El poder, la administración y los jueces: A propósito de los nombramientos por el Consejo General del Poder Judicial.
1ª
Madrid:
Iustel,
2012.
Citación APA
Soriano García, José Eugenio
(2012).
El poder, la administración y los jueces: A propósito de los nombramientos por el Consejo General del Poder Judicial. Iustel.