TÍTULO I. Ámbito de aplicación subjetivo
Artículo 1. Supuestos incluidos
Artículo 2. Supuestos excluidos
TÍTULO II. Régimen profesional del trabajador autónomo
CAPÍTULO I. FUENTES DEL RÉGIMEN PROFESIONAL
Artículo 3. Fuentes del régimen profesional
CAPÍTULO II. RÉGIMEN PROFESIONAL COMÚN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO
Artículo 4. Derechos profesionales
Artículo 5. Deberes profesionales básicos
Artículo 6. Derecho a la no discriminación y garantía de los derechos fundamentales y libertades públicas
Artículo 7. Forma y duración del contrato
Artículo 8. Prevención de riesgos laborales
Artículo 9. Protección de menores
Artículo 10. Garantías económicas
CAPÍTULO III. RÉGIMEN PROFESIONAL DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE
Artículo 11. Concepto y ámbito subjetivo
Artículo 11 bis. Reconocimiento de la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente
Artículo 12. Contrato
Artículo 13. Acuerdos de interés profesional
Artículo 14. Jornada de la actividad profesional
Artículo 15. Extinción contractual
Artículo 16. Interrupciones justificadas de la actividad profesional
Artículo 17. Competencia jurisdiccional
Artículo 18. Procedimientos no jurisdiccionales de solución de conflictos
TÍTULO III. Derechos colectivos del trabajador autónomo
Artículo 19. Derechos colectivos básicos
Artículo 20. Derecho de asociación profesional de los trabajadores autónomos
Artículo 21. Determinación de la representatividad de las asociaciones de trabajadores autónomos
Artículo 22. Consejo del Trabajo Autónomo
TÍTULO IV. Protección social del trabajador autónomo
Artículo 23. El derecho a la Seguridad Social
Artículo 24. Afiliación a la Seguridad Social
Artículo 25. Cotización a la Seguridad Social
Artículo 26. Acción protectora
TÍTULO V. Fomento y promoción del trabajo autónomo
Artículo 27. Política de fomento del trabajo autónomo
Artículo 28. Formación profesional y asesoramiento técnico
Artículo 29. Apoyo financiero a las iniciativas económicas
Artículo 30. Bonificación a trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación
Disposición adicional primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril
Disposición adicional segunda. Reducciones y bonificaciones en las cotizaciones
Disposición adicional tercera. Cobertura de la incapacidad temporal y de las contingencias profesionales en el Régimen de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo
Disposición adicional cuarta. Prestación por cese de actividad
Disposición adicional quinta. Profesionales incorporados a Mutualidades de Previsión Social alternativas
Disposición adicional sexta. Comunidades Autónomas
Disposición adicional séptima. Actualización de cotizaciones
Disposición adicional octava. Participación de los trabajadores autónomos en el Consejo Económico y Social
Disposición adicional novena. Pago único de la prestación por desempleo
Disposición adicional décima. Encuadramiento en la Seguridad Social de los familiares del trabajador autónomo
Disposición adicional undécima. Trabajadores autónomos del sector del transporte
Disposición adicional duodécima. Participación de trabajadores autónomos en programas de formación e información de prevención de riesgos laborales
Disposición adicional decimotercera. Adaptación de la Ley General de la Seguridad Social
Disposición adicional decimocuarta. Estudio sectorial del trabajo autónomo
Disposición adicional decimoquinta. Adaptación del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos
Disposición adicional decimosexta. Campaña de difusión del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos
Disposición adicional decimoséptima. Contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes en el sector de los agentes de seguros
Disposición adicional decimoctava. Personas con discapacidad
Disposición adicional decimonovena. Agentes comerciales
Disposición transitoria primera. Adaptación de estatutos y reconocimiento de la personalidad jurídica de las asociaciones
Disposición transitoria segunda. Adaptación de los contratos vigentes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes
Disposición transitoria tercera. Adaptación de los contratos vigentes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes en el sector del transporte y el sector de los agentes de seguros
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio del reconocimiento previsto en el artículo 11 bis
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Disposición final primera. Título competencial
Disposición final segunda. Desarrollo de derechos en materia de protección social
Disposición final tercera. Habilitación al Gobierno
Disposición final cuarta. Informe anual.
Disposición final quinta. Desarrollo Reglamentario de los Contratos del Trabajador Autónomo económicamente dependiente
Disposición final sexta. Entrada en vigor