Resumen del libro
¿Comprende el artículo 22 CE a las sociedades? ¿La constitución de una sociedad es una manifestación del derecho fundamental de asociación? Así cobra mayor calado el planteamiento del estudio, al que aportan argumentos el artículo 35.2º CC que, como es sabido, califica de asociaciones a aquellas “de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad, propia, independiente de la de cada uno de los asociados” y el artículo 36 CC, que previene que estas asociaciones del número 2º del artículo 35 “se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad”.
El desarrollo de la hipótesis de la investigación se funda en la de la jurisprudencia constitucional, en concreto, en la STC 5/1996, así como en aquellas que con posterioridad traen causas de ella, como la STC 135/2006, y que son tratadas por el autor con detalle y buena orientación, así como en una muy acogida doctrina de los autores, todo ello a fin de fundar su tesis.
Sin duda, requerir que la inscripción de una sociedad mercantil tenga carácter constitutivo no puede desligarse ni del momento en el que tal disposición se introdujo en nuestro Ordenamiento jurídico, ni tampoco del que dio lugar al nacimiento del Registro Mercantil hace ya 125 años.
1. Una visión gradualista de la persona jurídica o del régimen de los distintos tipos asociativos
2. El ámbito de aplicación del artículo 22 CE
3. La inscripción a los solos efectos de publicidad
4. Legislación autonómica de asociaciones
5. Ley orgánica reguladora del derecho de asociación
6. Para terminar: otras lecturas mercantiles
Comentarios
Prólogo de Lorenzo Prats Albentosa
Citación Chicago
Cabanas Trejo, Ricardo
Inscripción y personalidad jurídica. Una lectura mercantil a la luz de la Constitución y la legislación de asociaciones.. Madrid: Consejo General del Notariado, 2009
Citación APA
Cabanas Trejo, Ricardo
(2009).
Inscripción y personalidad jurídica. Una lectura mercantil a la luz de la Constitución y la legislación de asociaciones.. Consejo General del Notariado