Resumen del libro
Una de las primeras características de los primeros fueros locales castellanos fue la simplicidad y el reducido número de preceptos. No se regulan en ellos situaciones que, con toda seguridad, se plantearían cotidianamente. No hay disposiciones para regular la herencia, los esponsales, la dote, el matrimonio, las obligaciones, contratos y servidumbres. La mayor parte de las figuras criminales están ausentes ¿Acaso no había ladrones, incendiarios, violadores o adúlteros en esas localidades? Igualmente, la ausencia de normativa sobre el proceso judicial hace sospechar que existía otro derecho paralelo al contenido en los fueros locales. Esta obra plantea que el derecho visigodo del Liber Iudiciorum siguió vigente en Castilla como derecho o costumbre general y que, por ejemplo, la regulación de determinados delitos en los fueros municipales y la exclusión de otros, se debe a que el rey menciona sólo aquellos crímenes sobre los que renunciaba al cobro íntegro de la pena pecuniaria en beneficio de la villa. Son, pues, parte de la lista de ventajas económicas otorgadas a los pobladores. En última instancia no fue la política criminal la que justificó su inclusión en el texto foral, sino la política repobladora del monarca.
I. Introducción
II. Los fabulosos orígenes del derecho territorial castellano
III. La gestión de los fueros de Castilla
IV. La tradición nobiliaria de los fueros de Castilla
V. La tradición municipal de los fueros de Castilla: el libro de los fueros de Castilla
VI. Las reformas legislativas de Alfonso X y el desplazamiento de los fueros de Castilla
VII. La reacción foralista antialfonsina y la confirmación de los fueros de Castilla en cortes de Burgos de 1272
VIII. La aplicación regia de los fueros de Castilla a partir de las cortes de Zamora de 1274
IX. El fuero viejo de Castilla (1356) como ordenamiento supletorio del ordenamiento de Alcalá (1348)
LA CREACIÓN DEL DERECHO LOCAL
X. El estudio de los fueros locales
XI. El fuero latino de Sepúlveda de 1076 como derecho privilegiado
XII. El desarrollo de las libertades urbanas en la extremadura castellana: los privilegios del fuero de Sepúlveda de 1076
XIII. El fuero de Logroño de 1095 como derecho especial: medias in terra; una nueva interpretación del fenómeno foral
XIV. El fuero de Avilés de 1145 como excepción al derecho general de la comarca
XV. Un ejemplo institucional concreto: la venganza de la sangre
XVI. La expansión del derecho local castellano en la extremadura aragonesa
XVII. Influencias Castellanas en el fuero de Teruel
Citación Chicago
Alvarado Planas, Javier
La creación del Derecho en la Edad Media: fueros, jueces y sentencias en Castilla. Navarra: Aranzadi, 2016
Citación APA
Alvarado Planas, Javier
(2016).
La creación del Derecho en la Edad Media: fueros, jueces y sentencias en Castilla. Aranzadi