Resumen del libro
Completo estudio de la función pública de Secretaría en los Ayuntamientos, de necesaria existencia en todas las Corporaciones Locales y comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.
Con las obligadas referencias al esquema diseñado respecto a los denominados por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, «Municipios de gran población», el autor analiza, meticulosamente, el contenido de dicha función, examinando, en primer término, siguiendo el orden legal, la función de fe pública, integradora de cometidos tales como la preparación de los asuntos que hayan de ser incluidos en el Orden del día de las sesiones que celebren el Pleno y demás órganos colegiados autores de acuerdos con eficacia vinculante para la Corporación; la asistencia al Alcalde en la realización de la correspondiente convocatoria y notificación con la debida antelación a todos los componentes del órgano colegiado; la custodia de la documentación íntegra de los expedientes incluidos en el Orden del día y tenencia a disposición de los miembros del respectivo órgano colegiado que deseen examinarla; levantamiento de acta; la certificación de todos los actos o resoluciones de la Presidencia y los acuerdos de los órganos colegiados decisorios, así como de los antecedentes, libros y documentos de la Entidad, etc.
En relación con el asesoramiento legal preceptivo, se dedica especial atención al informe del Secretario: su caracterización jurídica; forma y contenido; consecuencias de su omisión, etc., examinándose los supuestos en que dicho informe es necesario, por así requerirlo un precepto legal expreso o por tratarse de asuntos cuya aprobación exige una mayoría especial.
Para una mayor utilidad del consultante, en particular del Secretario, la norma y el comentario se complementa con la exposición, por lo general, resumida, de la legislación autonómica y de los «criterios jurisprudenciales» (entendida la expresión jurisprudencia en sentido lato, no técnico) en relación con numerosos supuestos y materias objeto de sus cometidos.
Introducción. Funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales.
I. La función de fe pública.
A. Preparación de los asuntos de obligatoria inclusión en el Orden del día de las sesiones de los órganos colegiados.
B. Asistencia al Alcalde o Presidente de la Corporación en la realización de la convocatoria y notificación a sus componentes.
C. Custodia y tendencia a disposición de los miembros del órgano colegiado de la documentación de los expedientes incluidos en el Orden del día.
D. Levantamiento del Acta de las sesiones y trascripción al Libro de Actas.
E. Transcripción de las resoluciones de la Presidencia.
F. Función certificante.
G. Remisión a las Administraciones estatal y autonómicas de actos y acuerdos.
H. Anotación en los expedientes de las resoluciones y acuerdos.
I. Autorización de Actas de licitaciones, contratos y documentos análogos.
J. Fijación de anuncios preceptivos.
K. Llevanza y custodia del registro de Intereses de los miembros de la Corporación.
L. Llevanza y custodia del Inventario de Bienes de la Entidad.
M. Otras funciones de fe pública.
N. La función de fe pública en los Municipios de gran población.
II. La función de asesoramiento legal preceptivo.
A. El informe del secretario.
B. Materias objeto del informe del secretario previo a la adopción de acuerdos a adoptar por mayoría especial.
C. Materias objeto del informe previo del Secretario exigido por precepto legal.
Citación Chicago
García Gil, Francisco Javier.
La función de secretaría en los ayuntamientos.
1ª
La Ley:
La Ley,
2010.
Citación APA
García Gil, Francisco Javier
(2010).
La función de secretaría en los ayuntamientos. La Ley.