La solución de conflictos colectivos laborales: especial referencia a los sistemas autónomos

La solución de conflictos colectivos laborales: especial referencia a los sistemas autónomos. 9788498766295
  • Editorial: Tirant Lo Blanch
  • ISBN: 9788498766295
  • Páginas: 582
  • Plaza de edición: Valencia
  • Fecha de la edición: 2009
  • Edición:
  • Volúmen: 1

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La solución de conflictos colectivos laborales: especial referencia a los sistemas autónomos

  • Granados Romera, María Isabel.
  • Papel

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    Resumen del libro

    El ensayo que aquí se presenta aborda de manera global el estudio del régimen jurídico de los procedimientos de solución de conflictos colectivos de trabajo. Lo hace con una tersa metodología; y con el propósito de aportar una visión crítica de esa institución desde los planteamientos dogmático- jurídicos más consolidados en la teoría general del Derecho. Ése es quizás su mejor valor, y su sentido práctico actual. Porque quizás sea así como deba tratarse un tema por demás ampliamente conocido en nuestra doctrina, y en realidad consolidado en nuestra normativa y nuestra práctica sindical. Un tema en fin, que superficialmente observado se suele calificar como ya casi cerrado al menos en el momento normativo y jurisprudencial actual, y futuro. Sin embargo se trata de la revisión crítica de una institución que adolece de significativas carencias y de una problemática a mi juicio cerrada en falso o/y con unas consecuencias teóricas más profundas que las que aparentemente se podrían detectar. En efecto hoy día está casi consolidada la opción, político-jurídica, de que el procedimiento llamado de Solución extrajudicial de los conflictos laborales, de carácter colectivo, es decir la referida a los conflictos derivados de la negociación colectiva. (Aunque bien es cierto que también existe una tendencia favorable a incluir también los conflictos de carácter individual), es la fórmula adecuada para esa finalidad. No olvidando claro está el papel de otros procedimientos, acólitos de ése, como pueden ser los más rudimentarios de las mediaciones y conciliaciones individuales, y los quizás demasiado osados de los consistentes en el uso de las sentencias judiciales interpretativas. Los estudios doctrinales ulteriores sobre el tema ya son, hoy por hoy, de carácter secundario, y no cuestionan la institución misma, sino meramente su funcionamiento, y quizás su evolución fisiológica. Y sin embargo, ni por eficacia real, ni por rigor dogmático, ni por simpleza y eficiencia, el conjunto de instituciones a que se ha hecho referencia son plenamente satisfactorios.