CAPÍTULO I. ECONOMÍA COLABORATIVA Y PLATAFORMAS INTERMEDIARIAS EN LÍNEA
I. Marco general: Tecnología, finanzas y economía colaborativa
II. Características de la contratación a través de plataformas intermediarias en línea
1. Las plataformas intermediarias como mercados multilaterales
2. La diversa naturaleza de los usuarios que intervienen en la plataforma y la dificultad de su identificación
3. El carácter instrumental de la actividad de las plataformas en línea
4. Intermediario o prestador del servicio subyacente. Criterios de delimitación
5. Las plataformas intermediarias en línea como prestadoras de servicio de la sociedad de la información. Consecuencias
5.1. El principio de no sujeción a autorización previa
5.2. Plataformas intermediarias en línea y prestador de servicio de intermediación en la sociedad de la información. La responsabilidad de la plataforma
6. Empleo de mecanismos para valorar los bienes y servicios por parte de los usuarios y generar confianza. Los sistemas de reputación online
III. Régimen jurídico aplicable en la contratación a través de plataformas intermediarias en línea
1. Naturaleza del contrato celebrado entre los usuarios y la plataforma
1.1. Contrato de acceso a plataformas intermediarias en línea y contrato de mediación y corretaje
1.2. El contrato de acceso a plataformas intermediarias en línea como «mediación electrónica». Particularidades de régimen
2. Régimen jurídico aplicable a los contratos celebrados entre los usuarios a través plataformas intermediarias en línea. En particular, la posición jurídica del «prosumidor»
3. Recapitulación. Es necesario asegurar la protección del consumidor en la economía de la plataforma
CAPÍTULO II. LAS FINTECH DE PRÉSTAMOS O CROWDLENDING
I. Financiación participativa, FinTech y economía colaborativa
II. Tipos de crowdfunding. En particular, el crowdlending
III. Crowdfunding en datos
IV. Sujetos y funcionamiento de las plataformas de crowdlending. Financiación bancaria y financiación a través de plataformas
V. Riesgos y oportunidades del crowdlending
1. Oportunidades
2. Riesgos
VI. Modelos de regulación
CAPÍTULO III. LA REGULACIÓN DEL CROWDLENDING EN EL DERECHO ESPAÑOL. LA LEY 5/2015, DE 27 DE ABRIL DE FOMENTO DE LA FINANCIACIÓN EMPRESARIAL
I. Objetivos y ámbito de aplicación de la regulación del crowdfundingen la Ley de fomento de la financiación empresarial
II. Sujetos implicados
1. Las plataformas de financiación participativa. Estatuto jurídico
2. El promotor y el proyecto de financiación
3. El prestamista o «inversor». Límites a la inversión
3.1. Precisiones terminológicas
3.2. Clases de inversores. Inversores acreditados y no acreditados
3.3. Límites a la inversión
III. Crowdlending y régimen jurídico contractual
1. Relación contractual entre los usuarios y la plataforma
1.1. Naturaleza del contrato celebrado entre los usuarios y la plataforma
1.2. La relación de la plataforma con los usuarios como relación de consumo
1.3. Obligaciones de las plataformas de financiación participativa
1.4. Obligaciones de los usuarios con la plataforma de financiación participativa
2. Relación entre prestamista o «inversor» y el promotor de la financiación o prestatario
2.1. Contrato de préstamo. ¿Civil o mercantil?
2.2. Inversor empresario y promotor de la financiación consumidor (B2C)
2.3. Inversor consumidor y promotor de la financiación empresario (C2B) ¿Relación de consumo?
2.4. Inversor consumidor y promotor de la financiación consumidor (C2C)
3. La limitada responsabilidad de la plataforma de financiación participativa
4. Conclusiones: una nueva fuente de préstamo de alto riesgo, de sobreendeudamiento con posible efecto sistémico para la banca tradicional