Resumen del libro
La Constitución española de 1978 ha instaurado un Estado laico y personalista, donde La dignidad de la persona humana, los derechos que le son inherentes y el libre desarrollo de su personalidad, constituyen el soporte del derecho de libertad de conciencia individual establecido en el texto constitucional. La plena realización de este derecho, a la que debe de contribuir el Estado por mandato constitucional, ha permitido en materia matrimonial logros importantes, como conceder eficacia jurídica a conceptos y conductas nuevas, demandados por la evolución de la sociedad y consecuencia dirrecta de ese libre desarrollo de la personalidad. Pero también, y desde un prisma diferente, ha posibilitado la pervivencia de una cierta relevancia jurídica de normas confesionales en materia matrimonial, sobre la base de una mejor realización de los derechos fundamentales de las personas. Esto, en algunos casos, como es el relativo a la eficacia civil de las resoluciones matrimoniales de los tribunales eclesiásticos, parece que pueden plantear problemas evidentes de su adecuación a los principios constitucionales y, en consecuencia, ponen en tela de juicio la necesidad de su permanencia.
CAPÍTULO I PAPEL DE LA JURISDICCIÓN ECLESIÁSTICA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL A. BREVE REFERENCIA HISTÓRICA B. LA POTESTAD JURISDICCIONAL EN EL DERECHO PROCESAL ESPAÑOL 1. Caracteres a) Desinterés objetivo b) Imparcialidad c) Independencia d) Definitiva e irrevocable 2. Principios informadores de la potestad jurisdiccional a) Principio de unidad a.1) Tribunales militares a.2) Tribunal de Cuentas a.3) Tribunal Constitucional a.4) Tribunal del Jurado a.5) Tribunales consuetudinarios y tradicionales b) Principio de exclusividad c) La posición del Tribunal Constitucional respecto de los principios de unidad y de exclusividad jurisdiccional C. LA JURISDICCIÓN ECLESIÁSTICA EN EL ACUERDO SOBRE ASUNTOS JURÍDICOS DE 1979 1. Autonomía de la jurisdicción eclesiástica de la iglesia católica 2. Reconocimiento de eficacia civil a las sentencias eclesiásticas a) Fundamento a.1) Interpretaciones doctrinales a.2) Opinión personal b) Naturaleza de las sentencias eclesiásticas en el ordenamiento jurídico español b.1) Interpretaciones doctrinales b.2) Opinión personal 3. Análisis de la eficacia civil de las sentencias canónicas a la luz de los principios de unidad y exclusividad jurisdiccional a) Eficacia civil y principios de unidad y exclusividad jurisdiccional a.1) Interpretaciones doctrinales a.2) Opinión personal b) La concesión de eficacia estatal a las resoluciones canónicas en las sentencias del Tribunal Constitucional c) Los pronunciamientos del Tribunal Supremo en torno a la eficacia civil de las sentencias eclesiásticas en sede matrimonial 4. Análisis de la eficacia civil de las sentencias canónicas a la luz del principio de igualdad a) Interpretaciones doctrinales b) Opinión personal D. LAS PREVISIONES RELATIVAS A LA EFICACIA CIVIL DE LAS RESOLUCIONES MATRIMONIALES ECLESIÁSTICAS DE LOS ACUERDOS DE COOPERACIÓN CON LAS CONFESIONES RELIGIOSAS MINORITARIAS E. CONCLUSIONES CAPíTULO II EL AJUSTE AL DERECHO DEL ESTADO COMO LÍMITE AL RECONOCIMIENTO DE EFICACIA CIVIL A LAS SENTENCIAS CANÓNICAS A. POSICIONES DOCTRINALES SOBRE EL SIGNIFICADO DE LA CLÁUSULA 1. Ajuste como verificación formal de la resolución canónica 2. Ajuste como no-contradicción con las condiciones del art. 954 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 a) Que haya sido consecuencia del ejercicio de una acción personal b) Que la sentencia canónica no haya sido dictada en rebeldía c) El orden público d) Otros requisitos 3. Ajuste como revisión material o de fondo del contenido de la sentencia canónica a) Interpretación del significado de la cláusula b) Revisión de fondo y condiciones del artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 B. INTERPRETACIÓN PERSONAL DE LOS LÍMITES A LA EFICACIA CIVIL DE LAS SENTENCIAS CANÓNICAS DE NULIDAD Y DE DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO RATO Y NO CONSUMADO 1. Los criterios de interpretación de la expresión "ajustadas al Derecho del Estado conforme a las condiciones a que se refiere el artículo 954" de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 a) Criterio gramatical b) Criterio sistemático c) Criterio histórico d) Criterio lógico e) Criterio sociológico 2. Las condiciones del art. 954 de la LEC de 1881 a) Que la ejecutoria haya sido dictada a consecuencia del ejercicio de una acción personal b) Que no haya sido dictada en rebeldía b.1) La autonomía de la voluntad de quien fue declarado ausente en el proceso matrimonial canónico b.2) Los derechos de defensa de las partes en los procesos matrimoniales canónicos 1º) La experiencia italiana 2º) Los derechos de defensa de los cónyuges en los procesos matrimoniales canónicos a la luz de las exigencias derivadas del art. 24 de la Constitución 2º.a) Derecho a un proceso en sentido estricto 2º.b) Derecho a un proceso con las debidas garantías a) Derecho a un proceso con forma contradictoria b) Derecho a intervenir en el proceso c) Derecho a la igualdad de armas de defensa d) Derecho a la asistencia letrada 3º) A modo de valoración final c) Que la obligación para cuyo cumplimiento se haya procedido sea lícita en España c.1) Concepto y caracteres 1º) Temporalidad 2º) Excepcionalidad 3º) Relatividad c.2) Contenido c.3) Aplicación d) Que la carta ejecutoria reúna los requisitos necesarios en la nación en que se haya dictado para ser considerada como auténtica y los que las leyes españolas requieren para que haga fe en España d.1) Delimitación de su contenido en el Derecho del Estado d.2) Requisitos que deben reunir las sentencias matrimoniales canónicas para que puedan ajustarse al contenido del art. 954.4 de la LEC 1º) Autenticidad de las resoluciones eclesiásticas 2º) Su traducción al castellano e) Las demás condiciones del art. 954 de la LEC de 1881 e.1) La firmeza de la sentencia 1º) Su delimitación en el Derecho del Estado 2º) La firmeza de las sentencias canónicas de nulidad y de disolución del matrimonio rato y no consumado e.2) Control de la competencia judicial internacional del órgano que dictó la decisión 1º) Su delimitación en el Derecho del Estado 2º) La competencia de los tribunales eclesiásticos en las causas matrimoniales e.3) Ausencia de contradicción de la resolución objeto de reconocimiento con otra decisión judicial dictada en España o con un proceso pendiente ante nuestros órganos jurisdiccionales 1º) Su delimitación en el Derecho del Estado 2º) La compatibilidad de las resoluciones eclesiásticas con las sentencias judiciales de nulidad matrimonial y de divorcio 3. Interpretación jurisprudencial de los límites del art. 954 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 a) Algunos pronunciamientos aislados de la Dirección General de los Registros y del Notariado b) Su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional b.1) La naturaleza personal de la acción b.2) Que la decisión no haya sido dictada en rebeldía b.3) El orden público constitucional español b.4) Otros requisitos formales del art. 954 de la LEC c) Su análisis en las resoluciones del Tribunal Supremo c.1) La naturaleza personal de la acción c.2) Que la decisión no haya sido dictada en rebeldía c.3) El orden público constitucional español c.4) La autenticidad de la ejecutoria extranjera c.5) Otros requisitos formales del exequátur C. EL AJUSTE AL DERECHO DEL ESTADO EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEL TRIBUNAL SUPREMO 1. Pronunciamientos del Tribunal Constitucional relacionados con el ajuste al Derecho del Estado 2. Calificación del ajuste en la jurisprudencia del Tribunal Supremo D. CONCLUSIONES CAPÍTULO III EL AJUSTE AL ORDEN PÚBLICO CONSTITUCIONAL DE LAS CAUSAS CANÓNICAS DE NULIDAD Y DE DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO RATO Y NO CONSUMADO A. LAS CAUSAS CANÓNICAS DE NULIDAD MATRIMONIAL. EXAMEN COMPARADO CON LAS CAUSAS CONTEMPLADAS EN EL CÓDIGO CIVIL Y SU AJUSTE AL ORDEN PÚBLICO CONSTITUCIONAL 1. Causas por defecto de capacidad psíquica a) La carencia de uso de razón en el CIC y en el Derecho del Estado b) El defecto grave de discreción de juicio acerca las obligaciones esenciales del matrimonio canónico en el Derecho del Estado c) La relevancia civil de la incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio 2. Causas por defecto de capacidad física a) Especial consideración de la edad como causa de nulidad b) Impedimento de consanguinidad c) Impedimento de adopción d) Impedimento de vínculo e) Impedimento de crimen 3. Los supuestos de carencia del consentimiento a) Simulación total b) Error obstativo 4. Los vicios del consentimiento a) Simulación parcial b) Error vicio b.1) El error sobre las cualidades del negocio matrimonial b.2) El error sobre las cualidades de la persona b.3) El error vicio en el Derecho del Estado y ajuste de las sentencias canónicas basadas en estos capítulos de nulidad matrimonial b.4) Especial consideración de la impotencia y su delimitación como posible error en cualidad c) Miedo grave c.1) Miedo común. c.2) Miedo reverencial c.3) El ajuste a la regulación civil del miedo de estas causas de nulidad matrimonial 1º) Miedo común 2º) Miedo reverencial d) Especial consideración del impedimento de rapto y su delimitación como posible miedo grave d.1) El impedimento canónico de rapto d.2) Su regulación como causa de nulidad en el Derecho del Estado 5. El consentimiento condicionado a) La condición como capítulo canónico de nulidad matrimonial a.1) Condiciones de futuro a.2) Condiciones de pasado o presente a.3) Un caso particular: las condiciones potestativas b) El consentimiento condicionado en el matrimonio civil y el ajuste al orden público constitucional de las resoluciones eclesiásticas basadas en este motivo 6. Causas por defecto de forma a) El principio canónico de obligotariedad de la forma a.1) Algunos requisitos adicionales de validez. Los casos del matrimonio mixto y del matrimonio dispar a.2) La dispensa de la forma canónica de celebración matrimonial b) El principio de libertad de opción de la forma de celebración matrimonial en el Derecho del Estado b.1) Su delimitación como presupuesto constitucional b.2) La mala fe de ambos contrayentes b.3) La incidencia de ambos principios en el ajuste de las causas derivadas del principio de obligatoriedad de la forma canónica c) Las patologías de la forma jurídica sustancial que dan lugar a la nulidad matrimonial en el Derecho canónico c.1) Ministro de culto 1º) Los defectos formales que afectan a la delegación de la potestad para asistir al matrimonio 2º) Los criterios de competencia para asistir válidamente al matrimonio 3º) Los límites a la nulidad matrimonial debida a la falta de competencia del ministro asistente. La suplencia de jurisdicción 4º) Defectos que inciden sobre su intervención en el rito matrimonial c.2) Testigos c.3) Contrayentes c.4) Apoderado d) Los defectos de la forma ordinaria en el Derecho del Estado d.1) Funcionario asistente 1º) Delimitación de las causas de nulidad que inciden sobre su intervención en la celebración del matrimonio 2º) El ajuste a estos capítulos de las sentencias canónicas de nulidad matrimonial basadas en ellos d.2) Testigos ordinarios d.3) Contrayentes d.4) Apoderado 1º) Los defectos que dan lugar a la causa de nulidad contemplada en el art. 73.3 del Código civil. La homologación civil de las sentencias canónicas basadas en ellos 2º) Los defectos formales del acto de apoderamiento en el Derecho del Estado. La eficacia civil de las sentencias canónicas de nulidad matrimonial basadas en ellos e) Las causas que inciden sobre la forma extraordinaria en el Derecho canónico e.1) Presupuestos del matrimonio en forma extraordinaria e.2) Los requisitos de validez de la celebración f) Los desajustes entre la regulación estatal y la canónica de la forma extraordinaria de celebración matrimonial B. LA JUSTA CAUSA PARA SOLICITAR LA DISOLUCIÓN PONTIFICIA DEL MATRIMONIO INCONSUMADO. EXAMEN COMPARADO CON LAS CAUSAS DE DIVORCIO Y SU AJUSTE LA DERECHO DEL ESTADO 1. Distinción entre el presupuesto y la justa causa de la solicitud 2. El divorcio en el Derecho español 3. Las causas instauradas en la Ley del divorcio 30/1981 a) Causas basadas en el cese efectivo de la convivencia conyugal a.1) Divorcio con previa separación judicial formulada por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro a.2) Divorcio con previa separación judicial formulada a petición de un cónyuge cuando el otro esté incurso en causa legal de separación a.3) Divorcio con previa separación de hecho 1º) El abandono injustificado del hogar 2º) La infidelidad conyugal 3º) La conducta vejatoria e injuriosa 4º) Cualquier otra violación grave o reiterada de los deberes conyugales 5º) Cualquier violación grave o reiterada de los deberes con respecto a los hijos 6º) La condena a pena privativa de libertad por tiempo superior a seis años 7º) El alcoholismo, la toxicomanía o las perturbaciones mentales a.4) Divorcio sin previa separación judicial ni de hecho b) El atentado contra la vida del otro cónyuge, sus ascendientes o descendientes c) El ajuste a las causas de divorcio de los Rescriptos Pontificios sobre matrimonio rato y no consumado 4. La influencia de la Ley 15/2005, de 8 de julio por la que se modifica el Código civil en materia de divorcio en la eficacia civil de las sentencias matrimoniales canónicas C. CONCLUSIONES CONCLUSIONES A. CONCLUSIONES GENERALES B. PROPUESTA DE "LEGE FERENDA"
Comentarios
Tirant lo Blanch - Monografías; Nº416
Citación Chicago
Salvador Pérez Álvarez.
Las sentencias matrimoniales de los tribunales eclesiásticos en el derecho español: La cuestión del ajuste al orden público constitucional.
1ª ed.
Valencia:
Tirant Lo Blanch,
2007.
Citación APA
Salvador Pérez Álvarez
(2007).
Las sentencias matrimoniales de los tribunales eclesiásticos en el derecho español: La cuestión del ajuste al orden público constitucional. Tirant Lo Blanch.