Resumen del libro
Regular el proceso de la edificación actualizando y completando la configuración legal de los agentes que intervienen en el mismo. Fijar las obligaciones de dichos agentes para así establecer las responsabilidades. Cubrir las garantías a los usuarios en base a una definición de los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios. Definir técnicamente el concepto jurídico de la edificación y los principios esenciales que han de presidir esta actividad. Delimitar el ámbito de la Ley, precisando aquellas obras, tanto de nueva construcción como en edificios existentes a las que debe aplicarse. Establecer los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios de tal forma que la garantía para proteger a los usuarios se asiente no solo en los requisitos técnicos de lo construido sino también en el establecimiento de un seguro de daños o de caución. Estos requisitos abarcan tanto los aspectos de funcionalidad y de seguridad de los edificios como aquellos referentes a la habitabilidad. Establece el proyecto obligatorio para el desarrollo de las obras incluidas en el ámbito de la Ley. Se precisa la necesaria coordinación entre los proyectos parciales que puedan incluirse, así como la documentación a entregar a los usuarios para el correcto uso y mantenimiento de los edificios. Se regula el acto de recepción de obra, dada la importancia que tiene en relación con el inicio de los plazos de responsabilidad y de prescripción establecidos en la Ley. Se enumeran las obligaciones de los distintos agentes que participan a lo largo del proceso de la edificación y las que corresponden a cada uno de ellos de las que se derivan sus responsabilidades. El promotor se configura como una persona física o jurídica que asume la iniciativa de todo el proceso y a la que se obliga a garantizar los daños materiales que el edificio pueda sufrir. Dentro de las actividades del constructor se hace mención especial a la figura del Jefe de obra, así como a la obligación de formalizar la subcontrataciones que en su caso se establezcan. Se impone que la responsabilidad civil de los diferentes agentes por los daños materiales en el edificio se exigirá de forma personal e individualizada tanto por actos propios, como por actos de otros agentes, por los que, con arreglo a la Ley deban responder. Que la responsabilidad se exigirá solidariamente cuando no pueda ser atribuida en forma individualizada al responsable del daño o cuando exista concurrencia de culpas, sin que pueda precisarse la influencia de cada agente interviniente en el daño producido. Se fijan los plazos de responsabilidad que se establecen en periodos de uno, tres y diez años en función de los diversos daños que puedan aparecer en los edificios. Por lo que se refiere a las garantías la Ley establece, para los edificios de vivienda, la suscripción obligatoria por el constructor, durante el plazo de un año, de un seguro de daños materiales o de caución, o bien la retención por el promotor de un 5% del coste de la obra para hacer frente a los daños materiales ocasionados por una deficiente ejecución. Además, se establece igualmente para los edificios de viviendas la suscripción obligatoria por el promotor de un seguro que cubra los daños materiales que ocasiones en el edificio el incumplimiento de las condiciones de habitabilidad o que afecten a la seguridad estructural en el plazo de tres y diez años.
CAPÍTULO I.—Necesidad de la Ley CONTENIDO DE LA LEY CAPÍTULO II.—Objeto de la Ley de Ordenación de la Edificación I. ÁMBITO DE APLICACIÓN II. OBRAS DE EDIFICACIÓN III. OTRAS CLASES DE OBRAS 1. Obras auxiliares 2. Obras «extra licencia» 3. Obras mayores 4. Obras menores 5. Obras de nueva planta 6. Obras provisionales 7. Obras de urbanización 8. Obras de reforma 9. Obras de rehabilitación 10. Obras de reparación 11. Obras de conservación 12. Obras adicionales IV. EL IMPACTO AMBIENTAL V. REQUISITOS BÁSICOS DE LA EDIFICACIÓN 1. Ideas generales 2. Relativos a la funcionalidad 3. Relativos a la seguridad 4. Relativos a la habitabilidad 5. El Código Técnico de la Edificación VI. EL PROYECTO 1. Concepto 2. Contenido del proyecto 3. Clases de Proyectos A. Proyecto básico y proyecto de ejecución B. Proyecto general y proyectos parciales C. Proyecto arquitectónico y de configuración arquitectónica VII. LICENCIAS Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS 1. Licencia municipal de obras A. Ideas generales B. Competencia y procedimiento para el otorgamiento de las licencias C. Caducidad de las licencias D. Prórroga de las licencias E. Clases de licencias de obras a) Licencia de demolición b) Licencia legalizada c) Licencias provisionales d) Licencia de modificación del uso e) Licencia de cierre de finca f) Licencia para movimiento de tierra g) Licencia de parcelación h) Licencia de apertura i) Licencia de primera ocupación 2. Autorizaciones administrativas VIII. RECEPCIÓN DE LA OBRA 1. Concepto 2. Recepción expresa y tácita 3. Acta de recepción Modelo de acta de recepción de la obra Con rechazo a la recepción de obra 4. Recepción con o sin reservas 5. Plazo de la recepción 6. Efectos de la recepción de la obra 7. Documentación de la obra ejecutada 8. Libro del edificio CAPÍTULO III.—Agentes de la Edificación I. SU CONCEPTO Y ENUMERACIÓN II. EL PROMOTOR INMOBILIARIO III. EL PROYECTISTA IV. EL CONSTRUCTOR V. EL DIRECTOR DE OBRA VI. EL DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA VII. LAS ENTIDADES DE CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN VIII. LABORATORIOS DE CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN IX. LOS SUMINISTRADORES DE PRODUCTOS X. LOS PROPIETARIOS Y LOS USUARIOS CAPÍTULO IV.—Responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación I. SUS RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS EN GARANTÍA DEL PROPIETARIO Y TERCEROS ADQUIRENTES DE PISOS Y LOCALES II. PLAZOS DE RESPONSABILIDAD III. FORMA DE EXIGIR LA RESPONSABILIDAD IV. LA LLAMADA EN GARANTÍA: POSIBILIDAD DEL AGENTE DEMANDADO DE TRAER AL PROCESO A LOS DEMÁS AGENTES QUE HUBIEREN INTERVENIDO EN LA EDIFICACIÓN V. RESPONSABILIDAD DEL PROMOTOR VI. RESPONSABILIDAD DE PROMOTOR O GESTOR DE COOPERATIVAS O DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS U OTRAS FIGURAS ANÁLOGAS VII. RESPONSABILIDAD DEL PROYECTISTA VIII. RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR IX. RESPONSABILIDAD DEL DIRECTOR DE OBRA Y DEL DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA X. CAUSAS EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD XI. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL XII. PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES CAPÍTULO V.—Garantías por daños materiales ocasionados por vicios y defectos de construcción I. INTRODUCCIÓN II. EL SEGURO DE DAÑOS MATERIALES O SEGURO DE CAUCIÓN EN LA LEY III. SUS CARACTERÍSTICAS IV. SEGURO ANUAL DEL CONSTRUCTOR V. SEGURO TRIENAL DEL PROMOTOR VI. SEGURO DECENAL DEL PROMOTOR VII. DAÑOS EXCLUIDOS VIII. EL CONTROL DE LAS GARANTÍAS EXIGIDAS 1. Requisitos para la autorización e inscripción de las escrituras de obra nueva 2. Requisitos para la liquidación del promotor individual o social IX. DISPOSICIONES ADICIONALES, TRANSITORIAS, DEROGATORIAS Y FINALES 1. Disposición adicional primera A. Percepción de cantidades a cuenta del precio durante la construcción 2. Disposición adicional segunda A. Obligatoriedad de prestar garantías por daños materiales ocasionados por vicios o defectos en la construcción 3. Disposición adicional tercera A. Intervenciones en el proceso de la edificación de los cuerpos de ingenieros de los ejércitos en el ámbito de la defensa 4. Disposición adicional cuarta A. Coordinador de seguridad y salud 5. Disposición adicional quinta A. Regulación del derecho de reversión Escrito del dueño del bien expropiado alegando su derecho de reversión y nuevo justiprecio Escrito ejercitando el derecho de reversión sobre bien expropiado Escrito ejercitando el derecho de reversión por desafección del bien Escrito ejercitando el derecho de reversión por no haberse realizado la obra ni establecido el servicio para el que se expropió Escrito ejercitando el derecho de reversión por llevar suspendida las obras para que el bien se expropió más de dos años Escrito interesando se haga constar en el Registro de la Propiedad el derecho preferente a la reversión B. Nuevo contenido del artículo 55 de la Ley de Expropiación forzosa Comunicación al titular del derecho de reversión de la cantidad a devolver por la recuperación del bien Solicitud de toma de posesión del bien o derecho revertido 6. Disposición adicional sexta A. Infraestructuras comunes en los edificios para el accesos a los servicios de telecomunicación 7. Disposición adicional séptima Escrito pidiendo el demandada se notifique a otros agentes la demanda de responsabilidad presentada 8. Disposición transitoria primera 9. Disposición transitoria segunda 10. Disposición derogatoria primera 11. Disposición derogatoria segunda 12. Disposición final primera 13. Disposición final segunda A. Autorización al gobierno para la aprobación de un Código Técnico de la Edificación 14. Disposición final tercera 15. Disposición final cuarta A. Entrada en vigor CAPÍTULO V.—Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación