1.EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA COMO OBJETO DE PROTECCIÓN
ESPECÍFICO EN EL ÁMBITO PROCESAL PENAL
1.1. Los derechos constitucionales: características generales y su protección. En especial los
derechos comprendidos en el art. 18 CE
1.2. Los derechos contenidos en el art. 18 CE: protección del honor, de la intimidad y de la propia
imagen, la inviolabilidad del domicilio y el derecho al propio entorno virtual
2.LA DILIGENCIA DE INVESTIGACIÓN ELECTRÓNICA, SU USO EN EL PROCESO PENAL
2.1. Principios rectores que deben guiar cualquier intervención
2.1.1. Principio de especialidad
2.1.2. Principio de idoneidad
2.1.3. Principios de excepcionalidad y necesidad
2.1.4. Principio de proporcionalidad
2.1.5. Principio de necesaria intervención judicial y de resolución motivada
2.2. Requisitos formales para la adopción de la diligencia de registro electrónico
2.2.1. Solicitud: sujetos legitimados y forma de llevarla a cabo
2.2.2. Audiencia del Ministerio Fiscal
2.2.3. Forma de la resolución, contenido y plazo
2.2.4. El aspecto temporal como presupuesto exigible en el auto
2.2.5. Información obtenida en procedimientos distintos y hallazgos causales
2.3. La implicación de terceras personas en la práctica de las diligencias de registro electrónico
2.3.1. Notificación de la intervención de comunicación al tercero afectado
2.3.2. El aseguramiento de los datos
3. LA DILIGENCIA DE REGISTRO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS
3.1. Requisitos, presupuestos y alcance
3.2. Autorización no judicial por razones de urgencia. Imposición de obligaciones de conservación a terceros
4. LA DILIGENCIA DE REGISTRO REMOTO DE EQUIPOS
4.1. Presupuestos de adopción y requisitos
4.2. La obligada colaboración de terceras personas
5.EL EMPLEO Y LOS PROBLEMAS QUE SE DERIVAN DE LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS EN
LA NUBE, EL METAVERSO Y LA WEB PROFUNDA
RESOLUCIONES JUDICIALES CITADAS
BIBLIOGRAFÍA