Resumen del libro
Las dos grandes reformas de la LPH afectan a este importante servicio común, el ascensor.
En primer lugar, la Ley 8/1999 introdujo cambios significantes que, sin duda, han agilizado el funcionamiento de las Comunidades, pero que también han generado una serie de problemas de aplicación cuya respuesta jurisprudencial se verá en este estudio.
La otra modificación producida por la Ley 8/2013 ha rebajado el quorum para la instalación de este servicio, de las tres quintas partes de la totalidad de cuotas y propietarios que se exigían en el anterior art. 17.1.ª a la mayoría cualificada que se requiere en el actual 17.2.
No obstante, y salvo esta rebaja en las mayorías, todo lo demás sigue siendo aplicable, razón por la que hemos considerado de interés realizar este trabajo.
¿Quién está obligado al pago de los gastos que se generen? En el caso de que existan cláusulas de exoneración, ¿cómo deben ser interpretadas? ¿Cuál es el alcance de las servidumbres que se puedan crear y el de las indemnizaciones?
Para completar el estudio sobre el ascensor, mostramos las sentencias referidas a la reparación de este servicio común.
Excluímos de este cuaderno la citada instalación del ascensor cuando supone la supresión de barreras arquitectónicas, pues al haber sido otra de las mencionadas reformas legislativas, no existe todavía jurisprudencia aplicable de las Audiencias.
Instalación, nuevo servicio común
Acuerdo
Gastos
- Obligación del pago
Todos los propietarios
Propietarios del bloque
Solo deben contribuir a los gastos de instalación
- Exoneración
Por acuerdo comunitario
Cláusula estatutaria
- Modificación del sistema de reparto de gastos
Unanimidad
Misma mayoría que para el acuerdo de instalación3
- No uso
No deben pagar
Deben pagar
Servidumbres. Creación
- En elementos privativos
Obligación de soportar la servidumbre
No existe obligación de soportar la servidumbre
Excede del concepto de servidumbre
Indemnización
- Elementos comunes de uso privativo
Obligación de soportar la servidumbre
No existe obligación de soportar la servidumbre
Excede del concepto de servidumbre
Indemnización
- En finca ajena
Servidumbres. Alteración
Reparaciones necesarias
Gastos
- Pago por todos los propietarios
- Pago solo por los propietarios de la escalera
- Pago solo por los que lo utilizan
- Cláusula de exoneración
Interpretación amplia. No deben pagar
Interpretación restrictiva. Deben pagar
Citación Chicago
Sepin
Propiedad Horizontal. El ascensor. Madrid: Sepin, 2015
Citación APA
Sepin
(2015).
Propiedad Horizontal. El ascensor. Sepin