Resumen del libro
Existe una realidad innegable, como es el curso legislativo tan distinto que está siguiendo España ante las decisiones provenientes de la Unión Europea en materia de Justicia, donde se puede apreciar el diferente tratamiento que nuestro sistema legal ha mantenido respecto de dos posibles fórmulas de reforma, a saber: la digitalización judicial y el principio de oportunidad.
En este contexto, pese a que la «vieja ya» institución conocida como principio de oportunidad en la persecución sigue pendiente de discusión sin visos de adopción por el legislador debido a sus fuertes reticencias, no ha ocurrido lo mismo con otra fórmula de reforma de la Justicia, mucho más reciente en su historia, como es la implantación de la digitalización judicial y la Inteligencia Artificial que, sin apenas discusión y oposición, se encuentra ya instaurada en nuestro ordenamiento jurídico a través del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Por este motivo, en esta obra se podrá encontrar un estudio completo sobre el principio de oportunidad, conforme al cual parece que encuentra su principal obstáculo en su confrontación con el principio de legalidad en su aspecto penal y procesal, y que nos permite concluir que tal confrontación no se produce en realidad.
Hemos considerado que, quizá, se encuentre aquí el quid de la cuestión, por lo que superada esta salvedad, planteamos como respuesta una propuesta práctica de aplicación del principio de oportunidad en el ejercicio de la acción penal atribuida al Ministerio Fiscal, conforme a la cual podría darse entrada a dicho principio en nuestro sistema legal, al igual que se ha hecho con la digitalización de la Justicia y la Inteligencia Artificial.
Leticia Adelaida Jiménez Jiménez. Nacida en Madrid en 1987. Licenciada en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid en el año 2009. Accedió por oposición al Cuerpo Jurídico Militar en 2014 y, desde entonces, ha desarrollado su actividad profesional en el Ministerio de Defensa, primero como Asesora Jurídica, y desde 2019 como Fiscal Jurídico Militar dependiente de la Fiscalía General del Estado. En el año 2022 ingresó en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, donde actualmente presta servicios como Letrada en la Sala de lo Penal.
JUSTICIA EUROPEA 2030: HACIA LA PUREZA DE LA OPORTUNIDAD Y LA HUMANIDAD DEL JUICIO ANTE LA DIGITALIZACIÓN DEL PROCESO. ¡QUÉ MENOS! / Jacobo Barja de Quiroga y Sonia Calaza López
CAPÍTULO PRIMERO: DIGITALIZACIÓN DE LA JUSTICIA Y PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
I. INTRODUCCIÓN
II. MARCO NORMATIVO
III. LA GRAN OLVIDADA: LA DIGNIDAD
CAPÍTULO SEGUNDO: PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
I. CONCEPTO
II. NOTAS GENERALES
III. REFLEXIÓN
CAPÍTULO TERCERO: APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD POR EL MINISTERIO FISCAL
I. FIGURAS DIFERENTES
II. PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL POR EL MINISTERIO FISCAL
III. ESTADO DE LA CUESTIÓN: PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y REPAROS A LOS PELIGROS DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL GENERATIVA
CAPÍTULO CUARTO: PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD CONTRA PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN SU ASPECTO PENAL
I. RELACIÓN ENTRE PRINCIPIOS
II. ALTERNATIVA A LA CONFRONTACIÓN
III. EFECTOS DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
CAPÍTULO QUINTO: PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD CONTRA PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN SU ASPECTO PROCESAL
I. PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN SU ASPECTO PROCESAL
II. EL VERDADERO PROBLEMA: UNA SIMPLE CUESTIÓN DE LEGALIDAD
III. RECONOCIMIENTO DEL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD FRENTE A LA NOVEDOSA REGULACIÓN EN MATERIA PROCESAL DEL REAL DECRETO-LEY 6/2023, DE 19 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA EN MATERIA DE SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA, FUNCIÓN PÚBLICA, RÉGIMEN LOCAL Y MECENAZGO
CAPÍTULO SEXTO: PROPUESTA DE APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
I. ¿A QUÉ DELITOS PUEDE APLICARSE?
II. ¿QUÉ GRADO DE DECISIÓN DEBE TENER EL MINISTERIO FISCAL?
III. ¿QUÉ GRADO DE PARTICIPACIÓN TIENE O DEBE TENER EL TRIBUNAL?
IV. ¿QUÉ INTERVENCIÓN PUEDE TENER EL PERJUDICADO, EL SUJETO RESPONSABLE Y LA ACCIÓN POPULAR?
V. EFECTOS
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
SENTENCIAS CITADAS
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Presentación de Jacobo Barja de Quiroga y Sonia Calaza López