Resumen del libro
Este trabajo fue presentado por su autor como “trabajo original de investigación” y expuesto, en síntesis, oralmente en la segunda prueba del concurso para la provisión de una plaza de Catedrático de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de las Islas Baleares, celebrado en dicha Universidad en marzo de 2004. La Comisión que resolvió adjudicarle esa plaza estuvo integrada por los Catedráticos de la asignatura Dr. Fernando Jiménez Conde, Dr.
Juan Antonio Robles Garzón, Dr. Faustino Cordón Moreno, Dr. Juan Damián Moreno, y presidida por la Dra. Isabel Tapia Fernández.
I. PLANTEAMIENTO DEL TEMA
II. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LOS RECURSOS EXTRAORDINARIOS DE LA LEC DE 2000
1. EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL
A) Configuración del nuevo recurso
B) Motivos del recurso: breve análisis del art. 469.1 LEC
2. EL RECURSO DE CASACIÓN
A) Ideas previas: los diferentes modelos de casación
a) El modelo de casación-tribunal de tercera instancia
b) El modelo de casación-corte suprema
B) La casación de la LECA
C) La casación de la nueva LEC
a) El recurso de casación diseñado por el legislador de la LEC de 2000
a’) Nueva configuración del recurso
a’’) Motivo del recurso: breve análisis del art. 477.1 LEC
b) El acceso a la casación según la interpretación del art. 477.2 LEC efectuada por el Tribunal Supremo: Acuerdo de la Sala 1ª del TS, adoptado en Junta General de 12 de diciembre de 2000. Crítica
3. RÉGIMEN PROVISIONAL DE ESTOS RECURSOS
A) Cuestión previa: ¿era imprescindible reformar la LOPJ mediante otra ley orgánica para hacer efectiva la atribución del recurso por infracción procesal a los TSJ?
B) El “régimen transitorio en materia de recursos extraordinarios” de la D.F. 16ª LEC
C) Consideración final y de lege ferenda: hay que acabar con la actual situación de provisionalidad del régimen procesal civil de los recursos extraordinarios
a) Solución que aquí se defiende: poner en vigor el régimen definitivo de la LEC de 2000
b) Otras soluciones que se han propugnado en los últimos tiempos: propuestas de reforma de la casación y de las funciones del Tribunal Supremo elaboradas por magistrados del propio TS. Crítica
III. FUNDAMENTO DE LA DISTINCIÓN ENTRE RECURSO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y RECURSO DE CASACIÓN
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
A) Error del recurrente en la elección de la vía impugnativa adecuada: un
error de consecuencias gravísimas
B) Escasas posibilidades de remediar este error
2. ¿QUÉ CRITERIO DIVISORIO UTILIZA LA NUEVA LEC?
A) Ideas previas: vicios “in procedendo” y vicios “in iudicando” en la casación de la LEC de 1881
B) La distinción entre los dos recursos extraordinarios que establece la LEC de 2000 se basa en la naturaleza de las normas infringidas: infracción de normas procesales frente a infracción de normas sustantivas
a) Argumentos en este sentido
b) Inconvenientes del criterio distintivo que usa la nueva LEC
3. NORMAS PROCESALES Y NORMAS MATERIALES O SUSTANTIVAS: DELIMITACIÓN
A) Introducción: importancia extrema de una adecuada distinción, que, sin embargo, no es fácil
B) Criterios para determinar el carácter procesal o material de una norma
a) No es criterio válido el de la ubicación de la norma
b) Tampoco lo es el del tipo de consecuencia jurídica que la norma establece
c) La fórmula de Gómez Orbaneja, que distingue las normas según el papel que desempeñen de cara a la sentencia. Objeciones
d) El criterio del ámbito sobre el que incide la consecuencia jurídica prevista en la norma
e) Otros criterios de diferenciación
IV. CUESTIONES POLÉMICAS: DETERMINACIÓN DE LA VÍA
IMPUGNATIVA ADECUADA
1. INTRODUCCIÓN
2. LEGITIMACIÓN
3. CARGA Y VALORACIÓN LEGAL DE LA PRUEBA
4. COSA JUZGADA MATERIAL (FUNCIÓN POSITIVA)
5. CONDENA EN COSTAS
Citación Chicago
López Simó, Francisco
Recurso por infracción procesal y recurso de casación: delimitación objetiva. Madrid: Dykinson, 2009
Citación APA
López Simó, Francisco
(2009).
Recurso por infracción procesal y recurso de casación: delimitación objetiva. Dykinson