Resumen del libro
Casi desde los orígenes mismos del Cristianismo, y hasta nuestros días, han surgido dentro del mismo hombres y mujeres llamados a vivir su fe en una forma de vida marcada por una peculiar relación con los bienes temporales, con las riquezas: han sido y son los consagrados, los monjes y monjas, los religiosos y las religiosas. La influencia de la vida monástica y de las órdenes y congregaciones religiosas a lo largo de los siglos, hasta nuestros días, se extiende a todos los ámbitos de la vida social, económica y cultural. Asumida esta vocación por la Iglesia en un estado público de vida, a lo largo de la historia de la Iglesia ha regulado con precisión la relación de estas personas con sus bienes. Desde los primeros textos normativos cristianos hasta el Código de Derecho Canónico de 1983, pasando por las reglas de los Padres del Desierto y los grandes Padres fundadores, así como algunos de los grandes concilios, la Iglesia ha ido elaborando una normativa específica, un derecho, para encauzar y dar expresión jurídica a la voluntad de desposesión bienes de los religiosos y religiosas. Y no solo la Iglesia, durante siglos (hasta finales del siglo XIX en nuestro entorno cultural europeo-occidental) también los Estados han venido legislando sobre el específico estatuto patrimonial de los religiosos y religiosas, en un modo no siempre concorde con la normativa canónica, baste mencionar la polémica cuestión de la «muerte civil» de los religiosos. En esta obra se ofrece un estudio histórico-jurídico del peculiar estatuto jurídico-patrimonial, canónico y civil, de los religiosos a lo largo de su historia, o, dicho con otras palabras, una aproximación a los orígenes y evolución del derecho del voto de pobreza, en sus expresiones canónica y civil, a lo largo de su historia. Historiadores, juristas, canonistas, teólogos y, en general, todos los interesados en profundizar en el conocimiento del voto de pobreza de los religiosos y religiosas encontrarán en esta obra una valiosa ayuda.
Miguel Campo Ibáñez es Doctor en Derecho Canónico por la Universidad Pontificia Comillas, Licenciado en Teología (Historia de la Iglesia) por la misma Universidad, realizó sus estudios de licenciatura en Derecho Canónico en la Universidad Pontificia de Salamanca y es licenciado en Derecho por la Universidad de Valladolid. Es miembro de la Compañía de Jesús. Su actividad profesional se desarrolla en las Facultades de Derecho Canónico y Derecho de la Universidad Pontificia Comillas, como profesor, y en la Conferencia Española de Religiosos (CONFER) de la que es asesor jurídico. Asesor canónico del Provincial de España de la Compañía de Jesús, asesora también a numerosos institutos religiosos católicos. Especializado en Derecho patrimonial canónico y Derecho de la vida consagrada, muestra un especial interés en aquellas áreas de contacto entre el Derecho secular y el Derecho canónico, especialmente en cuestiones económico- patrimoniales.
Introducción
I. Las primeras formas de expresión jurídica de la pobreza consagrada. Las primeras Reglas monásticas
I-1. Pobreza evangélica y primeras comunidades. Nudum Christum nudus sequere
I-2. Vírgenes y ascetas
I-3. Las Reglas del Monacato primitivo
I-4. Las Reglas de los Padres españoles. Quidquid monachus acquirit monasterio acquirit
I-5. Síntesis
II. La recepción civil de la normativa canónica. Las NOVELLAE de Justiniano
II-1. Encuadre. El Corpus Iuris Civilis
II-2. Las Constituciones del Codex
II-3. Las Novellae. Consolidación de la nueva disciplina civil
II-4. Quoniam de monachorum bonis. Reafirmación de la disciplina y afirmación de la capacidad de monjes y monjas para adquirir, administrar y enajenar sus propios bienes
II-5. Ut utrimque tempus. La recepción de la disciplina canónica en sede civil. La edad fijada para la renuncia a los bienes
II-6. Síntesis
III. Evolución de la regulación canónica del voto de pobreza
III-1. El régimen de pobreza de los religiosos de votos solemnes hasta el concilio de Trento
III-2. Evolución de la regulación del régimen jurídico-patrimonial de los religiosos de votos solemnes. De Trento al CIC de 1917
III-3. La aparición de los votos públicos simples en la Iglesia
III-4. El régimen de pobreza de los religiosos de votos simples, su evolución hasta el CIC de 1917
III-5. Síntesis
IV. El Derecho histórico español. De LAS PARTIDAS a nuestros días
IV-1. Las Partidas
IV-2. El concilio de Trento, la Real Cédula de Felipe II, de 12 de julio de 1564
IV-3. La Novísima Recopilación
IV-4. Reales Decretos de 26 de junio de 1822, 25 de enero de 1837 y la Ley de 29 de julio de 1837
IV-5. La legislación civil española a partir de la Ley de 29 de julio de 1837
IV-6. Síntesis
V. Conclusiones
BIBLIOGRAFÍA
ÍNDICE ONOMÁSTICO