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La adquisición originaria de acciones liberadas por la propia sociedad (a propósito de la Resolución de la DGRN de 15 de junio de 2012)

Cuadernos de Derecho y Comercio
  • Artículo publicado en: Cuadernos de Derecho y Comercio
  • Numero: Número 59
  • Autoría: Sultán Benguigui, Ariel
  • ISSN: 15757-4812
  • Páginas: 297-304
  • Edición:
  • Fecha:
  • Editorial: Fundación Notariado

La adquisición originaria de acciones liberadas por la propia sociedad (a propósito de la Resolución de la DGRN de 15 de junio de 2012)

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El objeto del recurso versa sobre la posible antinomia existente entre lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital acerca de la prohibición, sin distingos, de la adquisición originaria de acciones propias, contenida en el artículo 134 (suscripción de acciones por la propia sociedad) y la aparente licitud de la suscripción de acciones propias liberadas que en ejercicio del derecho de asignación gratuita parece permitir, en sede de régimen de las acciones propias, su artículo 148.a) in fine, de la LSC. En definitiva, ¿estamos ante un supuesto de autocartera lícita o ilícita?

índice:

I.—EL SUPUESTO DE HECHO. II.—COMENTARIO. 1. Prohibición de la autocartera. 2. Derecho de asignación gratuita y excepción a la regla general del artículo 148 LSC.

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