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Fiscalidad de las entidades sin ánimo de lucro: Pagos publicitarios y donaciones transfronterizas desde la perspectiva de la competencia fiscal perjudicial

AutorMención
Crespo Garrido, MaríaAutoría
Artículo desde: Nueva Fiscalidad / Número 22019
Suscríbete a la revista completa Cantidad total de números publicados 120 Números
Editorial:  Dykinson
/
Edición:  1ª ed.
/
Idioma:  Español/Castellano
Edición país:
España
Nº páginas:
151-189
Palabras clave:
Tributación, mecenazgo, entidades sin ánimo de lucro, competencia fiscal perjudicial, territorios off shore
Palabras clave (inglés):
Taxation, patronage, non-profit entities, harmful tax competition, offshore territories
Disponible
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Las entidades sin ánimo de lucro gozan de un régimen fiscal especial de mecenazgo, si bien, no todos sus ingresos tienen la misma consideración en cualquier circunstancia. Tal es el caso de las percepciones publicitarias, comúnmente percibidas por estas entidades, y que sólo gozarán de un trato fiscal beneficioso cuando cumplan las condiciones previstas en la Ley 49/2002, siempre que no superen una cuantía prevista. Otro tipo de ingresos cuya exención suscita controversia, son las donaciones transfronterizas, pues para evitar circunstancias de competencia fiscal perjudicial, estas rentas deberían ser tratadas de igual modo, al margen del lugar de residencia del donante, si cumplen los mismos requisitos que las entidades residentes.


Non-profit entities enjoy a special tax regime of patronage, although not all of their income has the same consideration in any circumstance. Such is the case of advertising revenue, commonly received by these entities, which will only enjoy a beneficial tax treatment when they meet the conditions provided for in Law 49/2002 and provided that they do not exceed an expected amount. Another type of income whose exemption raises controversy, are cross-border donations, because to avoid circumstances of harmful tax competition this type of income should be treated in the same way, regardless of the place of residence of the donor.

1. Tributación de los ingresos percibidos por las entidades sin ánimo de lucro. A. Entidades beneficiarias y actividades prioritarias de mecenazgo. B. Régimen fiscal de actividades prioritarias de mecenazgo. a. Tributación en el IRPF de las donaciones realizadas por personas físicas a entidades acogidas al régimen de mecenazgo. b. Tributación en el Impuesto sobre Sociedades de las donaciones realizadas por personas jurídicas a entidades acogidas al régimen de mecenazgo. c. Imposición indirecta. IVA. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. 2. Cuestiones relevantes sobre la tributación o exención de los ingresos publicitarios percibidos por entidades sin ánimo de lucro. A. Exención de los ingresos recibidos por las entidades. a. Patrocinios publicitarios e imposición indirecta. b. Difusión publicitaria. Exenciones aplicables a las actividades económicas. 3. Competencia fiscal perjudicial en ingresos transfronterizos. A. Concepto de competencia fiscal perjudicial. B. Incentivos y requisitos fiscales a las donaciones realizadas. C. Criterio de la Administración en las donaciones transfronterizas. 4. Conclusiones. 5. Bibliografía. 6. Jurisprudencia y legislación referida. 7. Doctrina administrativa: Resoluciones de la Dirección General de Tributos.

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Cita 'Chicago'

Crespo Garrido, María. “Fiscalidad de las entidades sin ánimo de lucro: Pagos publicitarios y donaciones transfronterizas desde la perspectiva de la competencia fiscal perjudicial.” Nueva Fiscalidad. Nueva Fiscalidad, no. 22019 (2019).

Cita 'APA'

Crespo Garrido, María (2019). Fiscalidad de las entidades sin ánimo de lucro: Pagos publicitarios y donaciones transfronterizas desde la perspectiva de la competencia fiscal perjudicial. Nueva Fiscalidad. Nueva Fiscalidad, 22019. Dykinson.

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