Alcance del concepto interpretación razonable de la norma de cara a exonerar de sanción determinadas conductas tributarias en nuestro sistema impositivo. Un análisis jurisprudencial
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El presente trabajo tiene por objeto analizar, a la luz de la reciente doctrina emanada de nuestros tribunales de justicia, el alcance que ofrece, dentro de nuestro sistema impositivo, el concepto “discrepancia interpretativa razonable” de las normas tributarias, de cara a lograr exonerar la culpabilidad. A tal efecto se ha de tener presente que ha de ser la Administración tributaria la encargada de probar la culpa e integrar ese elemento sobre la base de hechos de los que se deduzca, al menos, la concurrencia de negligencia, siendo en ese preciso instante cuando el sujeto pasivo estará en condiciones de alegar y probar que, en su caso, concurre algún motivo de exculpación.
This paper aims to examine, in the light of recent doctrine emanating from our courts, scope offered within our tax system by the “reasonable inter pretation discrepancy” concept of tax regulations, in order to achieve exonerate guilt. To this effect has to be remembered that Tax Authorities must be responsible for proving fault and integrate that element on the basis of facts from which is deducted, at least, the concurrence of negligence, being at that moment when the taxpayer will be able to allege and prove that, where applicable, concurs some reason for exemption.
Palabras Clave:
Sistema impositivo, contribuyente, normas tributarias, discrepancia interpretativa razonable, culpabilidad, buena fe, presunción de inocencia
Keywords:
Tax system, taxpayer, tax regulations, reasonable interpretative discrepancy, guilt, good faith, presumption of innocence
índice:
I. Introducción. II. El derecho a la presunción de inocencia y su aplicación en el IRNR. III. Alcance del concepto “discrepancia interpretativa razonable” en el ámbito del IVA. IV. La aplicación del criterio relativo a la “discrepancia interpretativa razonable” en el IRPF. V. La incidencia de la “discrepancia razonable” en la interpretación de las normas tributarias y la eventual concurrencia del elemento culpabilístico en el ámbito del ITPyAJD. VI. La operatividad de la “discrepancia interpretativa razonable” dentro de la normativa reguladora deL IS al objeto de determinar la inexistencia de culpabilidad. VII. Reflexiones finales.
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