Base erosion and profit shifting (BEPS) y sus implicaciones en los ordenamientos domésticos
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El Informe BEPS de la OCDE es un punto de inflexión en el panorama del régimen fiscal internacional. El Informe tiene su origen en la necesidad de combatir ciertas prácticas de elusión fiscal de las compañías multinacionales. Contiene15 Acciones que afectan a las cuestiones más importantes del Derecho Internacional. En los próximos años, BEPS va a tener una gran influencia en los ordenamientos fiscales internos de los países, en especial en los países en vías de desarrollo.
The BEPS OECD report is a turning point in the framework of internationaltaxation. The report stems from the need to combat tax avoidance practices of multinational companies. It contains 15 actions that affect the most importantissues of international law. In the coming years, BEPS will have a great influenceon internal tax systems of the countries, especially in developing countries.
Palabras Clave:
BEPS, régimen fiscal internacional, elusión fiscal internacional, Derecho Tributario Internacional, Convenios de Doble Imposición
Keywords:
BEPS, international tax regime, international tax avoidance, International Tax Law, Double Taxation Convention
índice:
I. Introducción.- II. Hacia unas normas internacionales en materia de tributación: BEPS e intercambio automático de información. III. Las Acciones de BEPS: III.1. Acción 1: Abordar los retos de la economía digital para la imposición(septiembre de 2014). III.2. Acción 2: Neutralizar los efectos de los instrumentos híbridos(septiembre 2014). III.3. Acción 3: Refuerzo de la normativa sobre Controlled Foreing Corporation–CFC- (septiembre de 2015). III.4. Acción 4: Limitar la erosión de la base imponible por vía de deducciones en el interés y otros pagos financieros(septiembre 2015). III.5. Acción 5. Combatir las prácticas tributarias perniciosas, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia. Septiembre 2015. Estrategia con otros países. Diciembre 2015. III.6. Acción 6: Impedir la utilización abusiva de convenio. III.7. Acción 7: Impedir la elusión artificiosa del estatuto del Establecimiento Permanente (septiembre de 2015 para cambios en el EP). III.8. Acciones 8,9 y 10: Asegurar que los resultados de los precios de transferencia están en línea con la creación de valor. III.9. Acción 12: Exigir a los contribuyentes que revelen sus mecanismos de planificación fiscal agresiva. III. 10. Acción 14: Hacer más efectivos los mecanismos de resolución de controversias. III. 11. Acción 15. Desarrollar un instrumento multilateral sobre doble imposición.- IV. BEPS y perspectivas de futuro en la fiscalidad internacional.
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