El CW como modo de financiación de la innovación: el papel de la fiscalidad en Italia
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Como forma novedosa de financiación en masa para las actividades de investigación e innovación, el CW debe su éxito a la creación de un mercado caracterizado por la multiplicación de los intercambios que en él se desarrollan y que involucran, potencialmente, a un número indefinido de personas. Un mercado como el del CW, que debe su propio éxito o su desarrollo en parte a la inexistencia de reglas, a diferencia de lo que ocurre en el resto de mercados bancarios y financieros, y a la responsabilidad variable de las plataformas. Las mismas categorías que son utilizadas también por los documentos europeos para distinguir las diversas formas de financiación CW, como el equity, la participación en la sociedad, el lending para los préstamos, y el reward para conseguir el producto realizado con la contribución económica del inversor, vienen integradas constantemente en las múltiples ofertas que las plataformas presentan en las campañas que engrosan el mercado del CW. De aquí la dificultad de definir con estabilidad y certeza las diferencias entre una categoría y otra de las fórmulas contractuales que las desarrollan.
De aquí la carencia de interés del sistema tributario por dicho mercado. En Italia falta una normativa tributaria del CW, y por ello el mercado del CW no se diferencia, desde la perspectiva fiscal, del mercado ordinario de crédito, al que la innovación y la investigación para actividades y productos encuentran dificultades para acceder. La consecuencia es que la investigación y la innovación solo pueden ser incentivadas y apoyadas con las soluciones de regímenes fiscales como el crédito tributario y el patent box, que prescinden de la existencia de un verdadero mercado, como ocurre, por el contrario, en el CW.
As a new way of mass financing for research and development activities, CW owes its success to the creation of a market characterized by the multiplication of exchanges that take place in it and that involve, potentially, an indefinite number of people. The CW market owes its success and its development, partially, to the absence of rules, opposite to what happens in the rest of the financial and banking markets, and also to the variable responsibility of the platforms. The same categories that are used by the European documents to distinguish between the different ways of CW financing, such as equity, participation in companies, lending, or reward that is used to get the product developed with the economic contribution of the investor, are constantly integrated in the multiple offers that the platforms provide in the campaigns of CW. Hence de difficulty of defining with stability and certainty the differences between CW categories considering the contractual formulas in which are included. This is the reason of the lack of interest of the tax system for this market. In Italy there is not an specific tax regulation for CW, and because of this the market of CW does not differentiate, from a tax perspective, from the normal credit market, despite the problems that the innovation and research activities may find to access this market. The consequence is that research and innovation can only be encouraged and supported with the solutions of current tax regimes, as tax credits or patent box, which do not need the existence of a true and specific market, as it occurs, on the contrary, in CW.
Palabras Clave:
Crowdfunding, regímenes fiscales, lending, equity, mercado de crédito, innovación
Keywords:
Crowdfunding, tax regimes, lending, equity, credit market, innovation
índice:
1. El mercado de la financiación en masa para la investigación y la innovación como razón del éxito del Crowdfunding.- 2. El mercado del Crowdfunding y para el Crowdfunding: 2.1. Para garantizar formas de financiación de la investigación y la innovación más eficaces que los mercados bancarios y financieros. 2.2. Para crear financiación en masa alternativa a las relaciones crediticias y financieras bilaterales tradicionales. 2.3. El papel y la responsabilidad de las plataformas.- 3. Un éxito para el Crowdfunding: un mercado sin reglas: 3.1. No es un intercambio de mercado sino en el mercado. 3.2. La multiplicidad de las relaciones contractuales en el mercado del Crowdfunding. 3.3. El objeto común de la financiación en masa y la exigencia de diferenciar jurídicamente las formas contractuales del Crowdfunding.- 4. Los regímenes fiscales del mercado del Crowdfunding: 4.1. La ausencia de normativa tributaria del mercado del Crowdfunding: 4.1.1. Las consecuencias tributarias de las plataformas. 4.1.2. Los efectos fiscales para los financiados y los inversores. 4.2. El interés fiscal por la innovación y la investigación desatiende al mercado Crowdfunding.- Conclusión.
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