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¿Es válido el cambio sin aviso previo en la forma de notificar a un contribuyente? Análisis de la STS núm. 1973/2024, de 17 de diciembre, rec. cas. 3605/2023

Nueva Fiscalidad
  • Artículo publicado en: Nueva Fiscalidad
  • Numero: 1-2025
  • Autoría: José Francisco Sedeño López
  • ISSN: 1696-0173
  • Páginas: 275-284
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • DOI: https://doi.org/10.14679/4161
  • Fecha de recepción: June 2, 2025
  • Fecha de aceptación: June 2, 2025

¿Es válido el cambio sin aviso previo en la forma de notificar a un contribuyente? Análisis de la STS núm. 1973/2024, de 17 de diciembre, rec. cas. 3605/2023

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El Tribunal Supremo ha declarado la invalidez de la notificación electrónica practicada a una persona jurídica en el seno de un procedimiento tributario iniciado de oficio mediante notificación en papel en tanto que, aunque el contribuyente estuviera obligado a relacionarse por medios electrónicos y la administración no vulnerara la legislación vigente, la primera notificación generó una confianza legítima que se vio quebrada por el cambio en el sistema de notificación sin que mediara aviso previo.

The Supreme Court has determined that the invalidity of the electronic notification made to a legal entity within a tax procedure initiated ex officio by means of paper notification. The Court understands that, although the taxpayer is obliged to interact by electronic means and the administration does not violate current legislation, the first notification generated a legitimate trust that was broken by the change in the notification system without prior notice.

Palabras Clave:
notificación electrónica; confianza legítima; tutela judicial efectiva; DEH; buena administración

Keywords:
electronic notification; legitimate trust; effective judicial protection; DEH; good administration

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