/ Revistas

Estudio sobre las modificaciones introducidas por la Leu 25/2006, de 17 de julio, en el régimen tributario especial de las operaciones de reestructuración empresarial

Nueva Fiscalidad
  • Artículo publicado en: Nueva Fiscalidad
  • Numero: 8-2006
  • Autoría: Menéndez García, Gerardo
  • ISSN: 1696-0173
  • Páginas: 9-62
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson

Estudio sobre las modificaciones introducidas por la Leu 25/2006, de 17 de julio, en el régimen tributario especial de las operaciones de reestructuración empresarial

Comprar en formato electrónico:

6,00€

La Ley 25/2006, de 17 de julio, por la que se modifica el régimen fiscal de las reorganizaciones empresariales y del sistema portuario, y se aprueban medidas tributarias para la financiación sanitaria y para el sector del transporte por carretera (publicada en el BOE núm. 170, de 18 de julio), ha introducido, como indica su título, ciertas modificaciones en el régimen tributario especial de las operaciones de reestructuración empresarial. En el presente trabajo, redactado en julio de 2006, se pretende exponer qué alcance tienen estas modificaciones y realizar algunas valoraciones críticas sobre las mismas.

índice:

I.- INTRODUCCIÓN. II.- MODIFICACIÓN DE LA DEFINICIÓN DE ESCISIÓN PARCIAL (ART. 83.2 TRLIS). 1.- Descripción de la modificación. 2.- Valoración crítica de la modificación. A) ¿Está justificada la introducción de requisitos relativos a la fracción patrimonial que conserva la sociedad parcialmente escindida?. B) Injustificada disparidad de trato entre las escisiones parciales y otras operaciones en cuanto a los requisitos relativos a las fracciones en que se divide el patrimonio. C) Incompatibilidad de los nuevos requisitos con el ordenamiento comunitario en materia de imposición indirecta. III.- MODIFICACIÓN DE LA DEFINICIÓN DE CANJE DE VALORES (ART. 83.5 TRLIS). IV.- INCLUSIÓN ENTRE LAS OPERACIONES PROTEGIDAS DEL CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL DE UNA SOCIEDAD EUROPEA O DE UNA SOCIEDAD COOPERATIVA EUROPEA. 1.- Introducción. 2.- Inclusión del cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea entre las operaciones citadas en el artículo 83 TRLIS (art. 83.7 TRLIS). 3.- Términos en que debe ejercitarse la opción en favor de la aplicación del régimen especial en los casos de cambio de domicilio social [art. 96.1.d) TRLIS]. V.- EXTENSIÓN DE LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL A LOS SOCIOS, HEREDEROS, COMUNEROS O PARTÍCIPES DEL SOCIO QUE TRIBUTA EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. 1.- Aplicación del régimen especial a los socios, herederos, comuneros o partícipes del socio “transparente” de la sociedad transmitente en fusiones y escisiones (art. 88.1 TRLIS). 2.- Aplicación del régimen especial a los socios, herederos, comuneros o partícipes del socio “transparente” que participa en un canje de valores (art. 87.1 TRLIS). VI.- ACTUALIZACIÓN DE LAS REMISIONES AL ANEXO DE LA DIRECTIVA 90/434/CEE EFECTUADAS EN LOS ARTÍCULOS 84.1.D) Y 87.1.B) TRLIS. VII.- CAMBIOS EN LA TRIBUTACIÓN DE LA TRANSMISIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES SITUADOS EN EL TERRITORIO DE OTROS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA (ART. 92 TRLIS). 1.- Tratamiento del exceso de las rentas negativas sobre las positivas imputadas por el establecimiento permanente. 2.- Tratamiento de la renta positiva derivada de la transmisión en la medida en que supere el exceso de las rentas negativas sobre las positivas imputadas por el establecimiento permanente. VIII.- REDUCCIÓN DE LA TASA EXIGIBLE POR EL CAMBIO DE TITULARIDAD DEL PERMISO DE CIRCULACIÓN EN CASO DE TRANSFERENCIA DEL VEHÍCULO COMO CONSECUENCIA DE UNA FUSIÓN, ESCISIÓN O APORTACIÓN NO DINERARIA DE RAMA DE ACTIVIDAD.

Número de descargas: 0