Impuestos medioambientales y límites del poder tributario autonómico. (Comentario a la STS núm. 125/2018, de 30 de enero de 2018, de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo)
Comprar en formato electrónico:
El Tribunal Supremo rechaza las objeciones dirigidas contra el impuesto castellano leonés sobre afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión. El legislador autonómico parece haber encontrado un ámbito en el que poder ejercer legítimamente su poder tributario, sin verse expuesto a una eventual vulneración de los límites frente al poder tributario local, lo que hace que el debate se centre en torno en cuestiones generales de orden constitucional, como es la irretroactividad de las normas tributarias, los principios de igualdad e interdicción de la arbitrariedad y, en menor medida, el Derecho de la Unión Europea, representado aquí por la Directiva 2009/28/CE, sobre todo tras la STJUE de 20 de septiembre de 2017, Elecdey Carcelen.
The Supreme Court has rejected any objections against the Castilla-León tax on the environmental impact caused by reservoirs, wind farms and high-power lines. The Region Legislative has apparently found a field where to legislate on fiscal matters, without raising any issues because of their infringement of the local power to tax. The debate focuses on general constitutional arguments, such as those related to the principles of equality, prohibition of retroactivity and prohibition of arbitrariness; and, to a lesser extent though, the Law of the European Union, particularly after the ECJ Decision Elecdey Carcelen.
Palabras Clave:
impuestos medioambientales, poder tributario autonómico, retroactividad, principio de igualdad, interdicción de la arbitrariedad, fiscalidad
Keywords:
environmental taxes, principle of retroactivity, principle of equality, prohibition of arbitrariness, Region taxation
Número de descargas: 0