La base de la deducción en la cuota del impuesto sobre sociedades por los gastos de propaganda y publicidad de acontecimientos de excepcional interés público. STS de 13 de julio 2017 (rec. 1351/2016)
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For the purposes of the corporate tax deduction rebate of advertising and propaganda expenses of events of exceptional public interest, stated in article 27 of the Act 49/2002, of 23 December, regarding the tax system of non-profit entities and fiscal incentive of sponsorship, when advertising is carried out by inserting it in the packages marketed by the company and correspond to his ordinary course, both logos and allusive texts to these events, the base of the deduction is not the total cost of the package, but solely the part attributable to the inclusion of the logo or text of the event in the said package.
A efectos de la deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los gastos de propaganda y publicidad de acontecimientos de excepcional interés público prevista en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, cuando la publicidad se realiza insertando en los envases comercializados por la empresa y que corresponden a su tráfico ordinario, tanto logotipos como textos alusivos a dichos acontecimientos, la base de la deducción no es el coste total del envase, sino exclusivamente la parte imputable a la inclusión del logotipo o textos del evento en dicho envase.
Palabras Clave:
Beneficios fiscales, exenciones, extrafiscalidad, acontecimientos de excepcional interés público, Impuesto sobre Sociedades, interpretación
Keywords:
tax benefits, tax breaks, extrafiscality, events of exceptional public interest, corporate tax, interpretation
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