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La falacia de la tesis de que la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas es, en todo caso, objetiva

Nueva Fiscalidad
  • Artículo publicado en: Nueva Fiscalidad
  • Numero: 2-2021
  • Autoría: Clemente Checa González. Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura
  • ISSN: 1696-0173
  • Páginas: 19-72
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • Fecha de recepción: Mayo 3, 2021
  • Fecha de aceptación: Mayo 17, 2021

La falacia de la tesis de que la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas es, en todo caso, objetiva

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Se suele mantener, acríticamente, la tesis de que la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas es objetiva. Esta afirmación funciona como un mito. En la práctica los Tribunales vienen exigiendo una conducta culpable para declarar esta responsabilidad. Ello supone una evidente contradicción entre la teoría y la práctica. En este trabajo se afirma que la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas no puede ser objetiva, salvo alguna excepción concreta. Esta es la solución de los Tribunales comunitarios. Para ellos, la responsabilidad patrimonial de la Unión Europea y la de los Estados miembros nace de una conducta ilícita, debiendo existir una infracción suficientemente grave de una norma de Derecho comunitario.

It is usually held, uncritically, the thesis that the patrimonial responsibility of Public Administrations is objective. This claim works like a myth. In practice, the Courts have been demanding a guilty conduct to declare this responsibility. This supposes an obvious contradiction between theory and practice. In this work it is stated that the patrimonial responsibility of Public Administrations cannot be objective, except for some specific exceptions. This is the solution of the Community Courts. For them, the patrimonial responsibility of the European Union and that of the Member States arises from illicit conduct, and there must be a sufficiently serious infringement of a rule of Community law.

Palabras Clave:
Funcionamiento anormal de los servicios públicos, Funcionamiento normal de los servicios públicos, Principio de equivalencia, Principio de efectividad, Responsabilidad objetiva, Responsabilidad patrimonial de la Unión Europea, Responsabilidad patrimonial

Keywords:
Abnormal operation of public services, Normal operation of public services, Principle of equivalence principle, Principle of effectiveness, Strict liability, Patrimonial responsibility, Patrimonial responsibility of the European Union, Patrimonial respons

índice:

1. Sucinta descripción de la evolución de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas: 1.1. Irresponsabilidad de la Administración. 1.2. Inicio de la responsabilidad patrimonial de la Administración con fundamento en los arts. 1902 y 1903 del Código Civil. 1.3. Los arts. 121 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 40 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado. 1.4. El art. 106.2 de la Constitución. 1.5. La operatividad del derecho de configuración legal de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 1.6. Las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre: 1.6.1. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Principios y características básicas del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas. 1.6.2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los aspectos procedimentales de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. - 2. Crítica a la conceptuación de la responsabilidad patrimonial como exclusivamente objetiva, y a que la misma alcance tanto al funcionamiento normal como al anormal de los servicios públicos: 2.1. Análisis de la cuestión en nuestro Derecho interno. 2.2. Examen desde la perspectiva de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia comunitario.- 3. Inciso final: la más que posible vulneración de los principios comunitarios de equivalencia y efectividad por parte de ciertos preceptos de las leyes 40/2015 y 39/2015.

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