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La ineficacia de los actos tributarios: nulidad de pleno derecho y anulabilidad

Nueva Fiscalidad
  • Artículo publicado en: Nueva Fiscalidad
  • Numero: 4-2019
  • Autoría: Carmen Alba Gil - Juan Calvo Vérgez
  • ISSN: 1696-0173
  • Páginas: 99-134
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • Fecha de recepción: Sept. 30, 2019
  • Fecha de aceptación: Sept. 9, 2019

La ineficacia de los actos tributarios: nulidad de pleno derecho y anulabilidad

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Las Administraciones Públicas, según nuestro texto constitucional, sirven con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. El control para que ello sea así, por un lado, supone la proyección del derecho fundamental del art. 24 de la Constitución Española a la tutela judicial efectiva, subrayando que tampoco frente al actuar administrativo pueden verse menoscabados los derechos e intereses legítimos de los particulares en sus relaciones jurídicas con los entes públicos. El separarse de estos principios –además de no ser admisible– conlleva que después del largo camino que se ha de recorrer para conseguir practicar una liquidación tributaria o una resolución tributaria, la ineficacia de ellas supone desandar el camino hecho y andarlo de nuevo, restaurando su actuación y eliminando los vicios invalidantes, lo cual conlleva un alto coste en medios humanos y materiales, y por ello pensamos que este proceso tiene una relevancia particular.

The Public Administrations, according to our constitutional text, objectively serve the general interests and act in accordance with the principles of efficiency, hierarchy, decentralization, deconcentration and coordination, with full submission to the law and the Law. The control for this to be so, on the one hand, supposes the projection of the fundamental right of Article 24 of the Spanish Constitution to effective judicial protection, underlining that, in the face of administrative action, the rights and legitimate interests of individuals in their legal relationships with public entities can not be undermined. Separating from these principles –in addition to not being admissible– means that after the long road that has to be traveled to get a tax settlement or a tax resolution, the inefficiency of them involves retracing the road and walking it again, restoring its action and eliminating the invalidating vices, which entails a high cost in human and material means, and for that reason we think that this process has a particular relevance.

Palabras Clave:
Control de la Administración, nulidad de pleno derecho, anulabilidad, ejecución de resoluciones y sentencias.

Keywords:
Control of the Administration, nullity of right, cancellability, execution of resolutions and judgments.

índice:

I. Consideraciones previas. II. La revisión de los procedimientos tributarios ajenos a la administración tributaria actuante: 1. Consideraciones previas. 2. Mecanismos para la revision: 2.1. Órganos y vías de revisión; 2.2. las causas invalidantes: 2.2.1. Defecto de fondo; 2.2.2. Defecto de forma; 2 3. La posibilidad de rectificación de la Administración. III. La ejecución de las resoluciones economico administrativas y sentencias: 1. Consideraciones previas. 2. Plazos: 2.1. Plazos para la ejecución de las resoluciones de los Tribunales Económicos-Administrativos; 2.2. Plazos para la ejecución de las resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia. 3. Reiteracion de conductas: 3.1. Limites en la reiteración de procedimientos. 3.2. Intereses de demora.

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