La tasa por ocupación del dominio público local por instalaciones de transporte de energía Análisis de la STS de 18 de enero de 2017 (Recurso de Casación 1473/2016)
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El TS considera en la sentencia objeto de comentario que los parámetros seleccionados por el Ayuntamiento en cuestión en la Ordenanza Fiscal recurrida para determinar la base imponible y las tarifas de la tasa por ocupación del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, etc. –básicamente, el valor del suelo del bien de dominio público afectado y el valor de las instalaciones realizadas para el disfrute del aprovechamiento y desempeño de la actividad de transporte ejercida a través de ellas– eran objetivos, proporcionados y no discriminatorios y, consiguientemente, respetuosos con las exigencias del art. 24.1 a) del LHL y con los criterios que dimanan de la jurisprudencia.
In the judgment that is the subject of comment, the Spanish Supreme Court considered that the parameters selected by the local authority in the tax ordinance under appeal on order to determine the tax base and the rates of the tax for occupation of the local public domain by installations for the transport of electricity, gas, etc. –essentially, the land value of the affected property in the public domain and the value of the installations constructed for enjoyment of the use and the activity of transport exercised through them– were objective, proportionate and non-discriminatory and, consequently, consistent with art. 24.1 a) of the Local Public Finance Law and the criteria arising from case law.
Palabras Clave:
tasa; dominio público; instalaciones de transporte de energía; valor de las construcciones; ordenanza fiscal
Keywords:
tax; public domain; energy transport installations; value of the buildings; tax ordinance
índice:
1. HECHOS DE LOS QUE TRAE CAUSA LA RESOLUCIÓN COMENTADA
2. DOCTRINA DEL ÓRGANO RESOLVENTE
3. ANÁLISIS CRÍTICO DE LA SENTENCIA COMENTADA
4. CONCLUSIONES
5. BIBLIOGRAFÍA
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