Las reglas de valoración de operaciones vinculadas en el IS a la luz de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal
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Como ya es sobradamente conocido, la nueva Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, tiene por objeto la aprobación de diversas modificaciones normativas destinadas a la prevención del fraude. La nueva Ley queda estructurada en dos Capítulos y en las correspondientes disposiciones adicionales, transitorias y finales. El primero de los citados Capítulos se dedica a la modificación de determinados preceptos de la normativa tributaria, mientras que en el segundo de ellos se modifican otras disposiciones legales que, si bien carecen de naturaleza fiscal, pueden llegar a tener incidencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o en su comprobación.
índice:
I. CONSIDERACIONES PREVIAS II. LA IMPOSICIÓN OBLIGATORIA DEL VALOR DE MERCADO III. PERSONAS O ENTIDADES QUE SE ENCUENTRAN VINCULADAS IV.MÉTODOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL VALOR DE MERCADO V. DEDUCCIÓN DE GASTOS EN CONCEPTO DE SERVICIOS ENTRE ENTIDADES VINCULADAS VI.SOLICITUD DE VALORACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN CON CARÁCTER PREVIO VII. PROCEDIMIENTOS DE COMPROBACIÓN EN EL ÁMBITO DE OPERACIONES VINCULADAS VIII.OPERACIONES EFECTUADAS CON PERSONAS O ENTIDADES RESIDENTES EN PARAÍSOS FISCALES IX.PROPUESTA PARA LA APLICACIÓN DE UN COEFICIENTE DISTINTO A TRES EN EL ÁMBITO DE LA SUBCAPITALIZACIÓN
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