Los administradores sociales de las empresas en concurso y su responsabilidad tributaria. Problemas de articulación entre la normativa tributaria y concursal
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La apertura de un procedimiento concursal sobre una persona jurídica afecta a la responsabilidad tributaria de sus administradores de hecho o de derecho. La LGT ha regulado supuestos de responsabilidad por la comisión de infracciones y por cese de actividad, pero la articulación de la normativa tributaria con la concursal presenta puntos de conflicto. Uno de ellos es la exigencia de la declaración de fallido como requisito para hacer efectiva la responsabilidad subsidiaria, que sólo se prevé en relación con el procedimiento de apremio y no con otros procedimientos de declaración de insolvencia, como el concursal. Otro es la consecuencia que deberá tener la firma de un convenio remisorio sobre el alcance cuantitativo de la responsabilidad. También es necesario delimitar claramente cuándo incurren en responsabilidad tributaria quienes obstaculicen el embargo o enajenación de bienes o derechos por parte de la Administración tributaria en los casos en que se inicie el procedimiento concursal. El presente artículo examina la normativa tributaria y la concursal (que ha experimentado recientes y frecuentes modificaciones legislativas) para proponer soluciones ante los diversos puntos oscuros existentes.
índice:
I. Consideraciones previas. II. Responsabilidad tributaria. III. Otros supuestos de responsabilidad tributaria en el desarrollo de los procesos concursales. IV. Reflexiones finales.
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