Los dilemas comunitarios del Impuesto sobre los depósitos bancarios de Andalucía
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El TJUE en la Sentencia de 25 de febrero de 2021 (Sala Séptima) resuelve las dudas respecto del Derecho europeo que pesaban en torno al impuesto andaluz sobre los depósitos de clientes en las entidades de crédito. Se concluye que es un impuesto que no grava el volumen de negocios, por lo que no se superpone al IVA. Asimismo, se analizan las deducciones de la normativa andaluza desde las libertades comunitarias de establecimiento, de prestación de servicios y de circulación de capitales. Traemos también a colación la jurisprudencia constitucional sobre los impuestos que gravan los depósitos bancarios.
The CJEU in Judgment of February 25, 2021 (Seventh Chamber) resolves doubts regarding European law of Andalusian tax on customer deposits in credit institutions. It is determined that it is a tax that is not levied on turnover, so it does not overlap VAT. Likewise, the deductions of Andalusian regulations are analyzed from the community freedoms of establishment, provision of services and movement of capital. We also bring up the constitutional jurisprudence on the taxes levied on bank deposits.
Palabras Clave:
impuesto sobre los depósitos bancarios, libertad de establecimiento, libertad de prestación de servicios, libertad de circulación de capitales, financiación autonómica, tributos propios
Keywords:
tax on bank deposits, freedom of establishment, freedom to provide services, freedom of movement of capital, regional financing, own taxes
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