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Los músicos del Titanic siguen tocando: La declaración de bienes y derechos situados en el extranjero ante la Unión Europea

Nueva Fiscalidad
  • Artículo publicado en: Nueva Fiscalidad
  • Numero: 2-2021
  • Autoría: Irune Suberbiola Garbizu. Profesora de Derecho Financiero y Tributario. Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea
  • ISSN: 1696-0173
  • Páginas: 131-166
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • Fecha de recepción: Jun. 14, 2021
  • Fecha de aceptación: Jun. 30, 2021

Los músicos del Titanic siguen tocando: La declaración de bienes y derechos situados en el extranjero ante la Unión Europea

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Hace apenas dos meses, el 21 de abril, se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la Norma Foral 3/2021, de 15 de abril, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021. Entre las medidas adoptadas destaca la modificación de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero y su impacto en los diferentes impuestos, medida que se lleva a cabo a través de la modificación de los artículos que regulan la misma, tanto en la Norma Foral General Tributaria como en las Normas Forales reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. A tenor de lo señalado en su exposición de motivos, la publicación de la norma responde a una razón clara: el cuestionamiento del régimen de bienes y derechos foráneos por parte de distintas instituciones europeas, y su previsible incompatibilidad con el Derecho de la Unión, lo cual supone un evidente aviso a navegantes por cuanto que este régimen se redactó en términos muy similares a los de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de Modificación de la Normativa Tributaria y Presupuestaria para la lucha contra el fraude en un ámbito estatal. En efecto, al día de la fecha las derivadas del popularmente conocido como “Modelo 720” están siendo objeto de revisión en distintas instancias: en el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tras el recurso por incumplimiento interpuesto por la Comisión el 23 de octubre de 2019, así como por las cuestiones prejudiciales planteadas al respecto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el recurso 330/2020. Igualmente, y tras diversas sentencias de diferentes Tribunales Superiores de Justicia, en la actualidad se están sustanciando hasta tres recursos de casación ante el Tribunal Supremo en relación con el tema que nos ocupa. Este trabajo pretende arrojar luz sobre el estado de la cuestión y analizar en qué podría sustanciarse una eventual declaración de incompatibilidad con el ordenamiento europeo.

Just two months ago, on April 21th, the Regional Regulation 3/2021, of April 15th, was published in the Official Gazette of Gipuzkoa, approving certain tax modifications for the year 2021. Among the measures adopted, the modification stands out of the obligation to provide information on assets and rights located abroad and their impact on the different taxes, a measure that is carried out through the modification of the articles that regulate it, both in the General Tax Regulations and in the Foral Regulations regulating the Personal Income Tax and Corporation Tax. In accordance with what is stated in its explanatory memorandum, the publication of this regulation responds to a clear reason: the questioning of the foreign property and rights regime by different European institutions and its foreseeable incompatibility with Union Law, which is an obvious warning to navigators since this regime was drafted in terms very similar to those of Law 7/2012. Indeed, to date, those derived from the popularly known as “Model 720” are being reviewed in different instances: in the Court of Justice of the European Union itself, after the appeal for non-compliance filed by the Commission on October 23 of 2019, as well as by the preliminary rulings raised in this regard by the Superior Court of Justice of Catalonia in appeal 330/2020. Likewise, and after various judgments from different Superior Courts of Justice, up to three cassation appeals are currently being conducted before the Supreme Court in relation to the issue at hand. This article is intended to shed light on the state of the art and analyse the possible effects of a foreseeable declaration of incompatibility with the EU legal system.

Palabras Clave:
Modelo 720, libertades fundamentales, imprescriptibilidad, régimen sancionador

Keywords:
Model 720, fundamental freedoms, imprescriptibility, sanctioning regime

índice:

1. Sonata, contextualización: 1.1. Acordes iniciales. 1.2. Régimen de los activos situados en el extranjero desde la perspectiva del Territorio Común y del Territorio Histórico de Gipuzkoa. 1.3. Cuestiones controvertidas compartidas.- 2. Tema y variaciones: la postura de la administración tributaria, los tribunales económico administrativos, los tribunales superiores de justicia y el Tribunal Supremo: 2.1. Tema: 2.1.1. Consultas Vinculantes. 2.1.2. Resoluciones Económico Administrativas y Jurisprudencia menor. 2.2. Variaciones. 2.2.1 Cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJ de Cataluña. 2.2.2. Autos de admisión de recursos de casación interpuestos ante el Tribunal Supremo.- 3. Tercer movimiento, apuntes del director: lo que las instituciones europeas han dicho y pueden decir al respecto: 3.1. La postura de la Comisión como directora de la orquesta de la Unión. 3.2. El papel de la jurisprudencia del TJUE como compositor de la obra musical: 3.2.1. Sobre la eventual restricción de los derechos del TFUE. 3.2.2. Sobre la justificación de esas restricciones. 3.2.3. Sobre el respeto al principio de proporcionalidad.- 4. Cuarto movimiento, los músicos comienzan a abandonar el barco. La nueva regulación de la declaración de bienes y derechos en el extranjero en la norma foral 3/2021. 4.1. El contenido de las medidas. 4.2. Sus (pretendidos) efectos. 5. Último movimiento: conclusiones.

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