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Reflexiones sobre los beneficios fiscales en el IRPF por aportaciones y contribuciones a sistemas alternativos de previsión social de mayores, discapacitados y dependientes

Nueva Fiscalidad
  • Artículo publicado en: Nueva Fiscalidad
  • Numero: 3-2012
  • Autoría: Almagro Martín, Carmen
  • ISSN: 1696-0173
  • Páginas: 105-154
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson

Reflexiones sobre los beneficios fiscales en el IRPF por aportaciones y contribuciones a sistemas alternativos de previsión social de mayores, discapacitados y dependientes

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En nuestra sociedad existen colectivos vulnerables necesitados de una especial protección por los poderes públicos, que viene amparada desde la propia Constitución. Son varios los instrumentos de los que gozan éstos para hacer efectivos sus objetivos al respecto, uno de los cuales es, sin duda alguna, el establecimiento de un sistema de beneficios fiscales que favorezcan su consecución, utilizando los tributos como eficaces instrumentos de política económica y social. Nos proponemos analizar algunos de los beneficios fiscales que se establecen en la Ley reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para la protección de las personas mayores, dependientes y/o discapacitadas y su entorno, ocupándonos también de los beneficios fiscales que se conceden a las personas, físicas o jurídicas que, aún no perteneciendo a los citados colectivos, forman parte de su círculo familiar o empresarial, resultandoigualmente favorecidas con las medidas fiscales adoptadas en el mismo ámbito.

índice:

I. Introducción. Fundamento de los beneficios fiscales en la materia. II. El régimen de reducción de la base del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 1. Reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. 2. La reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad. A. Régimen jurídico de las aportaciones de planes de pensiones, mutualidades de previsión social y planes de previsión asegurados, planes de previsión social y empresarial y a los seguros de dependencia a favor de personas con discapacidad. B. Régimen fiscal de las aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y a los seguros de dependencia a favor de personas con discapacidad. 3. La reducción por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas discapacitadas.III. A modo de conclusión.

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