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El reconocimiento y ejecución en España de resoluciones judiciales dictadas en Reino Unido tras el Brexit

Revista Actualidad Jurídica
  • Artículo publicado en: Revista Actualidad Jurídica
  • Numero: Número 54
  • Autoría: Álvaro López de Argumedo Piñeiro
  • Páginas: 105-122
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • Fecha de recepción: Dic. 15, 2020
  • Fecha de aceptación: Dic. 16, 2020

El reconocimiento y ejecución en España de resoluciones judiciales dictadas en Reino Unido tras el Brexit

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La salida del Reino Unido de la Unión Europea traerá consigo numerosos cambios normativos en el marco del reconocimiento y la ejecución de sentencias dictadas por los tribunales del Reino Unido a partir del próximo 1 de enero de 2021 (fecha en que finaliza el periodo transitorio establecido en el Acuerdo de Retirada). El propósito de este artículo es analizar cuál será el régimen aplicable al reconocimiento y ejecución en la Unión Europea (y, en particular, en España) de las resoluciones judiciales dictadas por los tribunales del Reino Unido tras el fin del periodo transitorio en materia civil y mercantil, a la vista de la normativa que regula en la actualidad esta materia: el Convenio de Bruselas I-BIS, el Convenio de la Haya de 2005, la normativa interna del estado de destino correspondiente, o incluso el Convenio de Bruselas de 1968. El presente artículo también examina otras posibles opciones futuras en atención al estado de las negociaciones entre el Reino Unido y la Unión Europea, como son la aplicación del Convenio de Lugano de 2007 o del Convenio de la Haya de 2019 al reconocimiento y ejecución de las resoluciones judiciales dictadas en Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021, así como la celebración de un eventual acuerdo bilateral entre el Reino Unido y la Unión Europea para la aplicación del Convenio de Bruselas I-BIS a las sentencias dictadas en procedimientos iniciados con posterioridad al fin del periodo transitorio (semejante al actualmente existente entre la Unión Europea y Dinamarca).

Brexit will entail various regulatory changes in connection with the recognition and enforcement of United Kingdom court judgments outside the United Kingdom as from 1 January 2021 (on which date the transition period stipulated in the Withdrawal Agreement ends). The purpose of this article is to analyse how recognition and enforcement will be regulated in the European Union (and, in particular, in Spain) with regard to United Kingdom court judgments on civil and commercial matters following the end of the transition period, in view of the current regulations in this area: the Brussels I-BIS Convention, the 2005 Hague Convention, domestic recognition and enforcement regimes, and even the 1968 Brussels Convention. The article also examines other future options in light of the ongoing negotiations between the United Kingdom and the European Union, such as the application of the 2007 Lugano Convention or the 2019 Hague Convention, and the potential conclusion of a bilateral agreement between the United Kingdom and the European Union to apply the Brussels I-BIS Convention to judgments issued in proceedings that have started after the end of the transition period (similar to the agreement currently in force between the European Union and Denmark).

Palabras Clave:
Brexit, reconocimiento, ejecución, sentencias, Reino Unido

Keywords:
Brexit, recognition, enforcement, judgments, United Kingdom

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