/ Revistas

La limitación en la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades. Análisis normativo y comentario crítico

Revista Actualidad Jurídica
  • Artículo publicado en: Revista Actualidad Jurídica
  • Numero: Número 33
  • Autoría: Suárez de Centi Martínez, Luis / Viana Barral, Víctor
  • ISSN: 1578-956-X
  • Páginas: 21-36
  • Edición:
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson

La limitación en la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades. Análisis normativo y comentario crítico

Comprar en formato electrónico:

0 €

La limitación en la deducibilidad de gastos fi nancieros en el Impuesto sobre Sociedades: análisis normativo y comentario crítico. El Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, elimina la tradicional norma de subcapitalización y aprueba dos normas encaminadas a la limitación de la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades: (i) una norma sobre la no deducibilidad de los gastos financieros derivados de deudas intragrupo destinadas a la realización de ciertas operaciones efectuadas en el seno de un grupo mercantil y (ii) una limitación general en la deducibilidad de gastos financieros. Esta segunda norma dispone, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2012, que los gastos financieros netos serán deducibles con el límite del 30% del beneficio operativo del ejercicio, siendo en todo caso deducibles aquellos gastos financieros netos que no excedan de un millón de euros y pudiendo la entidad deducirse en los 18 años inmediatos y sucesivos el exceso de gastos financieros que no haya resultado deducible. La nueva normativa, modificada posteriormente por el Real Decreto-ley 20/2012 e interpretada por la Dirección General de Tributos, está teniendo un efecto negativo de carácter inmediato en la actividad económica de las sociedades españolas participadas. Por su importancia, a continuación se analizan los aspectos más relevantes de la nueva regulación.

Restrictions on the deduction of fi nancial expenses for Spanish Corporate Income Tax: legal analysis and review. On 30 March 2012, the Spanish government approved Royal Decreelaw 12/2012, which implements various tax and administrative measures aimed at reducing public deficit. The Royal Decree-law has eliminated the traditional thin capitalisation rule and has introduced two rules focusing on the limitation of the deductibility of financial expenses for Spanish Corporate Income Tax purposes: (i) a rule regarding the non-deductibility of financial expenses derived from intra-group loans used to finance certain transactions carried out within a group of companies, and (ii) a general restriction on the deduction of financing expenses. The second rule states that net financing expenses exceeding 30% of the operating profit of a given tax year will not be deductible for CIT purposes, whereas net financing expenses not exceeding EUR 1 million are tax deductible in all cases. Moreover, a company may carry forward and deduct the amounts exceeding the maximum deductible limit for a tax year in the following 18 years. The new regulations, which were amended by Royal Decree-law 20/2012 and have been interpreted by the Spanish tax authorities, are creating an immediate negative effect on the business of Spanish companies. Bearing in mind the significance of the new regulations, their most relevant aspects are analysed below.

Número de descargas: 0