3. LA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO, EJE DEL SISTEMA REGISTRAL
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Los autores del presente opúsculo pretendemos, ante, por fin, la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil, ofrecer una visión de la misma. Su nuevo modelo organizativo y sus principios de funcionamiento. El modelo registral que disponemos en la actualidad es un modelo acabado. Por ello, modernizar el Registro Civil, debe ser una auténtica prioridad del Gobierno. Y la propuesta registral que nos hace la LRC 2011 es tan necesaria como rompedora. La LRC 2011 nos propone un Registro Civil “de” y “para” las personas. Por eso es que, por fin, se supera el criterio decimonónico de la territorialidad. Dispondremos de un Registro Civil único para todo el país. Informatizado y accesible electrónicamente. Como en los países de nuestro entorno, el nuevo modelo registral estará, después de más de 150 años, desjudicializado. Pero, de todas las novedades, queremos destacar la que es el objeto fundamental del trabajo. El asiento de nacimiento. Todo el andamiaje del sistema registral español se asentará en la creación de un “registro individual para cada persona”. Todos los hechos y actos que afecten a su estado civil constarán, de forma sucesiva y cronológica, en ese registro individual. Se acabó la dispersión de datos y se suprime la división del Registro Civil en Secciones. Ya solo falta echar a andar…
The authors of the present work intend, before, finally, the entry into force of the Civil Registry Law, to offer a vision of it. Its new organizational model and its operating principles. The registry model that we currently have is a finished model. For this reason, modernizing the Civil Registry must be a true priority of the Government. And the registration proposal made by the CRL 2011 is as necessary as it is groundbreaking. The CRL 2011 proposes a Civil Registry “of” and “for” people. That is why, finally, the nineteenth-century criterion of territoriality is exceeded. We will have a single Civil Registry for the entire country. Computerized and electronically accessible. As in all neighboring countries, the new registry model will be, after more than 150 years, out of court. But, of all the novelties, we want highlight the one that is the fundamental object of this work. The seat of birth. All the scaffolding of the Spanish registry system will be based on the creation of an “individual registry for each person”. All the facts and acts that affect your marital status will appear, successively and chronologically, in that individual record. The dispersal of data is over and the division of the Civil Registry into Sections is abolished. Now we just need to get going…
Palabras Clave:
Nueva Ley del Registro Civil. Asiento de nacimiento. Registro individual de cada persona
Keywords:
New Civil Registry Law. Birth seat. Individual registration of each person
índice:
I.- Introducción. II.- Íter de la “vacatio legis” de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. III.- Caracteres y principios de funcionamiento de la Ley del Registro Civil 2011. III.1: Principios de funcionamiento. III.2: Novedades de la Ley 20/2011. Características. III.3: Nueva estructura del Registro Civil. IV.- El asiento de nacimiento en la nueva Ley Registral. IV.1: Registro individual de cada persona. Seguridad Jurídica. IV.2: Inscripción de nacimiento y adquisición de la personalidad. IV.3: Constancia registral de los fallecimientos con posterioridad a los seis meses de gestación. Precisión terminológica. Otorgar nombre. Seguridad en la identidad de los nacidos. “Niños robados”. IV.4: Inscripción de nacimiento y filiación. Comunicación desde los Centros sanitarios. Libro de Familia. IV.5: Elección del nombre del recién nacido. Libertad de los progenitores. La dignidad de la persona. Protección del menor. IV.6: Atribución de apellidos. Orden de los mismos. No prevalencia del paterno. Interés Superior del Menor. Duplicidad de apellidos. Duplicidad de líneas. V.- Conclusiones.
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