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El nuevo régimen de segunda oportunidad para la persona física insolvente

Revista de Derecho, Empresa y Sociedad
  • Artículo publicado en: Revista de Derecho, Empresa y Sociedad
  • Numero: Número 6
  • Autoría: Cuena Casas, Matilde
  • ISSN: 2340-4647
  • Páginas: 16-39
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • Fecha de recepción: May 18, 2015
  • Fecha de aceptación: June 8, 2015

El nuevo régimen de segunda oportunidad para la persona física insolvente

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La insolvencia de la persona física exigía una respuesta legal en el Derecho español que evitara la condena a la exclusión social del deudor tras la liquidación de su patrimonio. El impacto económico de la medida es extraordinario y se analiza en el presente trabajo el restrictivo nuevo régimen de segunda oportunidad instaurado en la Ley 25/2015 de 28 de julio de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. 

Spain needed an adecuate legal response for natural person insolvency which avoids social exclusion of the debtor. The economic impact of this measure is extraordinary and this article analyzes the innovations introduced recently by July 28th 2015 act (Second chance for insolvent natural person, reduced financial burden and other measures of social order). 

Palabras Clave:
Insolvencia persona física, segunda oportunidad, exoneración del pasivo pendiente, concurso de acreedores.

Keywords:
Insolvency, fresh start, discharge, consumers, natural person, second chance.

índice:

1. La necesidad de un régimen de segunda oportunidad eficaz.- 2. Líneas generales de la reforma introducida por la Ley 25/2015 de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de Carga Financiera y otras medidas de orden social de 28 de julio (procedente del RDL 1/2015 de 27 de febrero).- 3. Beneficiario del Régimen de Segunda Oportunidad: El deudor de buena fe: 3.1. La buena fe exigible al deudor que satisface un umbral de pasivo mínimo sin acogerse a un plan de pagos. 3.2. La buena fe exigible al deudor que se acoge a un plan de pagos. Deudas exonerables.- 4. La exoneración provisional del pasivo pendiente: 4.1. La posición de los codeudores solidarios y fiadores y avalistas. 4.2. Concursado casado en régimen de gananciales u otro de comunidad.- 5. La propuesta de plan de pagos.- 6. La revocación de la exoneración provisional.- 7. La exoneración definitiva del pasivo pendiente.- 8. Consideraciones finales. 

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