La criogénesis: un servicio ¿de ciencia o ficción?
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La criogenización no está contemplada por el ordenamiento jurídico español, pero tampoco se prohíbe por considerarse contraria al orden público o por entender que la disposición del cuerpo criopreservado se encuentra fuera del comercio de los hombres. Estando admitida la disposición del propio cadáver a favor de la ciencia y la donación de órganos, parece que no debería plantearse obstáculo a la permisión de este mecanismo de conservación transitoria, si bien es cierto que se encuentra con ciertas trabas legales, algunas de las cuales se analizarán en el presente estudio.
Cryogenization is not contemplated by the Spanish legal system, but it is also not prohibited because it is considered contrary to public order or because it understands that the disposition of the cryopreserved body is outside the commerce of men. With the disposition of the corpse itself in favor of science and organ donation being admitted, it seems that there should be no obstacle to the permission of this transitory conservation mechanism, although it is true that it encounters certain legal obstacles, some of which will be analyzed in the present study.
Palabras Clave:
Criogénesis, muerte, cadáver, arrendamiento de servicios, depósito y testamento vital
Keywords:
Cryogenesis, death, corpse, service lease, deposit and living will
índice:
1. La esperanza de la resurrección versus normativa sobre sanidad mortuoria. 2. Presupuestos sine qua non de la eficacia de la criogénesis. Su elevación a condiciones suspensivas del acuerdo. 3. La criogénesis y el destino final del cadáver. 4. El contrato de criogénesis: ¿depósito o arrendamiento de servicios? 5. La importancia del testamento vital cuando el servicio se contrata por el propio sujeto cuyo cadáver va a ser objeto de vitrificación.
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